Ver Mensaje Individual
  #11 (permalink)  
Antiguo 10/10/2005, 12:47
Avatar de freegirl
freegirl
Colaborador
 
Fecha de Ingreso: octubre-2003
Ubicación: Catalonia
Mensajes: 4.334
Antigüedad: 20 años, 6 meses
Puntos: 156
hola,

pues si el teléfono es de casa, te podrías deducir 1/3 parte..ya que más de 8 horas no vas a trabajar...Es que depende, si es el teléfono particular, pues a lo mejor ni lo puedes deducir...Uff es que nosé...otra cosa distinta sería un nº de teléfono exclusivo para tu actividad...A ver si en esto del telf alguien te puede echar un cable, que se encuentre en la misma situación que tu.

Sobre los gastos antes del inicio de la actividad. Pues resulta que para deducirlos tenías que haber hecho una declaración previa y luego en el alta censal marcar nosé que casilla...bueno un lío...A ti te ha pasado como a mi, que me pensaba que esto se deducía al inicio de la actividad. Pues no se puede deducirlos.

saludos!