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Antiguo 14/02/2009, 21:48
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3DFILE
 
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Información Sobre el concepto de habitualidad, los freelances y el alta en autonomos

Lo de los 3000 euros es una leyenda urbana.

El concepto de habitualidad no es algo abstracto para la administración de Hacienda.
A estos efectos, y dejando la ambigua definición de que es habitual o no (que si cuantas horas....) si hay un límite claro y objetivo a este respecto que emplean en Hacienda: se considera habitualidad en una actividad desarrollada por una persona, cuando esta reporta una facturación como mínimo igual al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que ahora está en los 20 euros día, 600 euros mesuales, 7200 anuales.
Cualquier cantidad que una persona declare que ha percibido anualmente por debajo de esta barrera se considera como No habitual.
Y el razonamiento de Hacienda: lógico en este caso.
El Estado entiende con buen criterio que esa es la mínima cantidad de renta que una persona necesita tener para poder vivir como persona en el pais (sin ser jubilado y esas historias), y que por lo tanto cualquier cantidad inferior, independiente de como se haya ganado (y de ahí las tonterías del calculo de horas absurdo), al SMI anualmente concebido NO se considera por este motivo actividad habitual, porque legalmente No te da para vivir como persona en edad de trabajar.
Y por ello, no es necesario darse de alta en autonomos y pagar seguros sociales por una actividad que te reporta menos de lo que se considera lo mínimo para vivir, porque señores: si ganado menos que el SMI, encima tiene el que pagarse los costes sociales por ser autonomo, entonces esta casi en el umbral de la pobreza, y eso trabajando y cotizando!.
Por eso acertadamente Hacienda No obliga a ser autonomo hasta ganar, al menos, el Salario Mínimo, es decir cuando tu trabajo si ya se considera habitual.

Última edición por 3DFILE; 14/02/2009 a las 21:55