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Antiguo 25/02/2009, 04:43
ICEF
 
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Respuesta: Transferencias internacionales AGPD

Buenos días,

Freegirl y resto de foreros, no os compliquéis. Como comenté en este mismo post, exclusivamente con notificar a la AEPD que los usuarios aceptan las condiciones, la base legal de la LOPD y aportar contrato es sugiciente, la AEPD lo inscribe.

Respecto a la acepptación de condiciones, como bien sabrás freegirl la LSSI te obliga a cumplir en una contratación electrónica: 1º Dsposición de las condiciones del contrato o servicio; 2º Aceptación de las condiciones; 3º Posibilidad de impresión o almacenamiento de las mismas; 4º Remisión de las condiciones, más factura, más otros datos que consideres oportunos. Por lo tanto, siepre ha de quedarte con la aceptación del check-bos o clic-wrap, si además permites la impresión o almacenamiento y remites el correo de terminación y aceptación del servicio es más que suficiente, el usuario tiene toda la información sobre el contrato y la aceptación.

Un saludo.
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