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Si El Dominio Es Igual??

Estas en el tema de Si El Dominio Es Igual?? en el foro de Shared Hosting y VPS en Foros del Web. HOLAAAAAA ALGUIEN QUE PORFAVOR LE DIGA A ESTE NOVATO EN ESTAS COSAS SI SE PUEDE REGISTRAR UN DOMINIO QUE YA TIENE OTRA EXTENSION ES DECIR... ...
  #1 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 16:17
 
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Si El Dominio Es Igual??

HOLAAAAAA
ALGUIEN QUE PORFAVOR LE DIGA A ESTE NOVATO EN ESTAS COSAS SI SE PUEDE REGISTRAR UN DOMINIO QUE YA TIENE OTRA EXTENSION
ES DECIR... QUISIERA REGISTRAR: "www.TOPSERVER.com" pero dice que ya esta registrado y tambien el "www.TOPSERVER.net". entonces mi pregunta es... podria yo registrar "www.TOPSERVER.org" ???

SE puede?? o habria problemas o no se registra o que pasaria??

porfas alguien que me diga =(
  #2 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 16:59
 
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si podes, pero no se si cualquiera puede registrar un .org
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  #3 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 17:10
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Hola,

Puedes registrar un dominio que ya esté registrado con otra extensión. Sólo debes tener en cuenta que para algunas extensiones aplican restricciones. Por ejemplo, para registrar un dominio .US hay que cumplir con unos requisitos, entre otros, ser ciudadano de los EEUU o tener una empresa establecida allá, etc.

En principio, los dominios con extensión .ORG son para organizaciones, principalmente sin ánimo de lucro, pero en general puedes registrar dominios "libremente" con esta extensión.

Ahora bien, si el dominio que quieres es específicamente topserver.ORG, lamento informarte que ya está registrado, así como con las extensiones .BIZ, .INFO y .US.

Tendrías que tratar otras opciones. Por ejemplo:

- Registrar el nombre de dominio usando el ccTLD (la extensión propia de tu país). Para el caso de Colombia es .COM.CO

- Usar alguna "variante", como poniendo un guión en la mitad de las dos palabras: top-server.NET

Si tienes más dudas, sigue preguntando, que para eso están estos foros

Saludos,

Eboy
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  #4 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 18:11
 
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y no habria problemas legales por ser dominios iguales????
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  #5 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 18:51
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No deberías tener problemas legales. Sólo en caso de que esa "otra" empresa tenga el nombre (marca) registrado, podrían intentar quitarte el dominio, y ese sería el único problema "legal" que enfrentarías, aunque este caso también es bastante improbable por dos cosas:

1. Las empresas que tienen registrada su marca en algún país, generalmente han registrado todos los nombres de dominio en todas las extensiones posibles con respecto a su marca, especialmente si están estrechamente relacionadas con la Internet.

2. El costo de un proceso para reclamar el derecho a uso de un nombre de dominio ronda, como mínimo, los USD$1,500 por cada uno y no todas las empresas se pueden dar el lujo de acarrear con estos gastos.

Saludos,

Eboy
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  #6 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 19:51
 
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hey pues que bien.. pero me han dicho algo extraño.. el dominio que quiero es .org..... porque el .com ya esta ocupado.. pero es cierto que si le pongo .org tengo que registrarlo a HACIENDA y nose que mas... me lo dijo una persona que no es muy confiable para mi pero pues nose si creerle por que el tiene mas experiencia que yo.... dice que le de el dinero a el y el va a hacienda y registra el .org.. es cierto eso???

otra cosa que pudiera hacer es cambiar o agregar una letra a un dominio... por ejemplo.. si ya esta ocupado www.dominio.com, le podria poner www.edominio.com?? le puse una e al principio?? si se puede hacer eso no??
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  #7 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 20:02
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Cita:
Mensaje Original por cachoron4444
hey pues que bien.. pero me han dicho algo extraño.. el dominio que quiero es .org..... porque el .com ya esta ocupado.. pero es cierto que si le pongo .org tengo que registrarlo a HACIENDA y nose que mas...
Desconozco la legislación de otros países, pero de lo que sí estoy seguro es que el dominio como tal puedes registrarlo tú directamente sin problema alguno. Otra cosa es que tu gobierno te obligue a declarar que registraste ese dominio, cosa que dudo mucho.

Me imagino que diste por sentado que somos adivinos y que sabemos a qué Hacienda y a qué país te refieres

Cita:
otra cosa que pudiera hacer es cambiar o agregar una letra a un dominio... por ejemplo.. si ya esta ocupado www.dominio.com, le podria poner www.edominio.com?? le puse una e al principio?? si se puede hacer eso no??
Siempre eres libre de registrar un dominio de la manera que más te guste

Saludos,

Eboy
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  #8 (permalink)  
Antiguo 21/10/2003, 20:26
 
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jejej muchas gracias a todos.. soy nuevo en esto de hosting.. y dominios.. lo unico que domino es flash.. es mi fuerte y pues por eso queria comprar hosting para publicar mis flashs... pude conseguir uno que me ofrece 1 gb de ftp por solo 390 pesos mexicanos al año y la transferencia ilimitada... es eso confiable? se me hace muy barato y mucho de espacio por un año.. espero que sea confiable.... jejej pues muchasgracias eboy y jargon..
saludos
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  #9 (permalink)  
Antiguo 22/10/2003, 14:15
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mc2
 
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Hacienda no tiene nada que ver con esto.
Obviamente las facturas de dominios comprados o vendidos debes declararlo.

Los dominios .ORG, .NET y .COM se pueden comprar sin ninguna reastricción.
Se recomienda los COM para dominios comerciales, Los NET para empresas relacionadas con internet y los ORG para organizaciones, en principio no lucrativas. Pero esto son "consejos" y no restricciones.

El resto de los dominios pueden tener o no restricciones.
Por ejemplo, en el caso de México puedes registrar un .com.mx sin restricciones, en cambio los .net.mx requieren estar dado de alta ante la COFETEL y los .org.mx requieren estar constitudido como sociedad civil ante notario.
  #10 (permalink)  
Antiguo 22/10/2003, 20:33
 
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sale graciaaaaaaaas=)

que bien me cayo eso... que facilidad hay
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  #11 (permalink)  
Antiguo 23/10/2003, 04:21
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En España la LSSICE obliga a cualquier persona o empresa que posea un dominio con la extension que sea ".com", ".org", ".nu", ".cc", etc... a registrarlo en el Registro Mercantil o el Registro de Propiedades, siempre y cuando obtenga un beneficio del sitio web alojado bajo ese beneficio.
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Salu2
  #12 (permalink)  
Antiguo 23/10/2003, 12:59
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Cita:
En España la LSSICE obliga a cualquier persona o empresa que posea un dominio con la extension que sea ".com", ".org", ".nu", ".cc", etc... a registrarlo en el Registro Mercantil o el Registro de Propiedades
¿Quieres decir que cualquiera que, en España, compre un dominio .com y quiera sacarle un dinerillo a su página web, debe estas inscrito en el registro mercantil.?
¿aunque el nombre de dominio no constituya una marca ni nada similar?
Que mal ¿verdad?
  #13 (permalink)  
Antiguo 25/10/2003, 10:26
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Aunque no constituya Marca Registrada, Patente o similar, de hecho, los sitios web de empresas, autonomos, etc... se consideran parte de publicidad que se invierte para sacar un rendimiento, y demas
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Salu2
  #14 (permalink)  
Antiguo 26/10/2003, 22:49
 
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Mira, ya saquen lssi, lssie, y lo que quieran, cada uno va a seguir haciendo lo que quiera, la 1ª, tienes miedo a la lssi? (No va x ti, sino por kien lo tenga), el primero paso es comprar el dominio en un host que no sea europeo, americano, ruso o chino, no facilites ningún dato de interés, y solucionado, ahora si te vas a poner a recibir medio millón de visitas a la semana, y a sacarle 1200€ te aconsejo que lo registres xDDD Saludos!
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Si no estás en Google... No Existes xD :adios:
  #15 (permalink)  
Antiguo 27/10/2003, 05:45
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Hola,

PSChild, creo que lo que dices del registro mercantil no es del todo exacto. Si mal no recuerdo, solo tienes obligacion de registrarlo en el registro mercantil si tu negocio tiene obligacion de estar registrado en el registro mercantil. Es decir, si eres una empresa registrada en el registro mercantil, debes poner el dominio en ese registro. Creo que para los autonomos es opcional darse de alta en el registro mercantil. Eso si, tu web si te genera ingresos directa o indirectamente, esta sujeta a la LSSI.

Por cierto, esto es lo que pone las FAQs de www.lssi.es :
Cita:
¿Han de comunicar su nombre de dominio a algún Registro público los autónomos o personas físicas?


Si un autónomo o persona física prestadora de servicios de la sociedad de la información está inscrito en algún Registro público, como el Registro Mercantil, debe comunicar su nombre de dominio a ese Registro público. Si no está inscrito en ningún Registro público, no tiene obligación de notificar su nombre de dominio a ningún Registro.
Y bIeZ, la LSSI te afecta por ser español, no por tener el servidor en España. Y si tienes ingresos, debes declararlos a Hacienda en la forma correspondiente. Eso si quieres ser legal. Si quieres ser ilegal, haya tu. Pero si tienes un sitio serio debes cumplir la ley, aunque sea una ley que no te guste.

Saludos.
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Josemi

Aprendiz de mucho, maestro de poco.

Última edición por josemi; 27/10/2003 a las 05:50
  #16 (permalink)  
Antiguo 27/10/2003, 06:37
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Gracias por el apunte josemi, en parte tienes razon, ya que evidentemente si no eres "nadie" fiscalmente o juridicamente, no se donde te vas a registrar.

La LSSICE esta aun en pañales, y no saben ni los legisladores como cogerla, ya que tiene muchas lagunas, y como toda ley, es muy ambigüa, pero todo rendimiento económico que se le saque, supuestamente es fiscalizable, (sea mayor o no), por lo que aunque puede haber muchas interpretaciones, la "Administracion" siempre acaba haciendo lo que le da la gana.

Y como bien has dicho, esta ley es aplicable a todos los españoles, empresas españolas, y personas o entidades fiscales o juridicas que trabajen es España, o para el mercado español.

Lo que habria que pensar es como afecta a alguien que no este orientado a España, aunque tenga clientes españoles.
Y da igual que te vayas a Sri Lanka o China, si entras en los grupos anteriores.
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Salu2
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