![]() |
Duda AGPD Buenas: Os consulto esto haber que pensais porque tengo una duda amplia que tras visitar la página de la agencia de protección de datos y preguntar a un asesor no sé a quiene hacerle caso. Os explico, yo en febrero de 2007 me haré autónomo freelance. El caso es que he realizado mi web y voy a poner un formulario de contacta con: nombre, email y comentarios. Este formulario lo recibiré en mi correo pero nunca lo archivaré en una base de datos. Estará en mi cuenta de correo y una vez le conteste segúramente lo borre. Mi pregunta es: ¿Si yo no voy a tener fichero de clientes, es necesario que me inscriba en la AGPD?. Muchas gracias y un saludo. |
Re: Duda AGPD Si no vas a tener NINGUN fichero no, pero ojo si vas a guardarte los datos aunque sea en un documento word SI por que es un fichero.... Lo mas práctico es que lo registres y te evites problemas futuros... |
Re: Duda AGPD Buenos días, La respuesta es sí, no solo por los datos que recbarás en la Web, sino por los datos que tendrás derivados del propio trabajo -proveedores, contactos, etc.- Además, debes cumpñlir con todos los parámetros que la normativa te obliga, puesto que dispones de un formulario en el que recabas datos -los trates o no en un ficheros, aunque creo que los tratas puesto que dispones de ellos para, al menos leerlos y se almacenan en servidor, ya sea interno o externo, haste el momento de la descargay visualización-. Desde mi punto de vista, sí que debes notificar ese fichero y adaptarte a todos los parámetros legales. Un saludo. |
Re: Duda AGPD Buenos días, La respuesta es sí, no solo por los datos que recbarás en la Web, sino por los datos que tendrás derivados del propio trabajo -proveedores, contactos, etc.- Además, debes cumplir con todos los parámetros que la normativa te obliga, puesto que dispones de un formulario en el que recabas datos -los trates o no en un ficheros, aunque creo que los tratas puesto que dispones de ellos para, al menos leerlos y se almacenan en servidor, ya sea interno o externo, haste el momento de la descargay visualización-. Por tanto, segú define el artículo 3 de la LOPD, eres el que decides sobre el uyso, finalidad, tratamiento de los datos que solicitas o que recoges de la Página Web. Desde mi punto de vista, sí que debes notificar ese fichero y adaptarte a todos los parámetros legales. Un saludo. |
Re: Duda AGPD La verdad que no deja de sorprenderme las interpretaciones que se hacen de la LOPD,.... si la respuesta es sí, diganme ustedes señores si tenemos una cuenta de correo electrónico llena de mensajes de clientes, con sus datos: 1) Esos datos están fuera de España, no creo que sepamos nunca en que sitio estarán de USA o es ilegal usar hotmail, gmail, ....?? 2) Como garantiza el derecho de modificación, cancelación,... de los datos del cliente,...?? 3) Debe hacer copia de seguridad de sus correos ?? 4) Informa al cliente de que sus datos se guardarán en su servidor de gmail durante 1 año como manda la Ley ? Espero sus respuestas, gracias. |
Re: Duda AGPD Cita:
Cita:
Cita:
Cita:
Cita:
La LOPD es muy sencilla de cumplir, solo tienes que tener un concepto básico muy claro: Si una persona te da sus datos personales, tienes que pensar que esos datos son propiedad de esa persona, no pasan a ser de tu propiedad, siendo tú el responsable de tener y manejar dichos datos pertenecientes a esa persona. Un saludo. |
Re: Duda AGPD Cita:
Dependiendo de los datos, los debes "guardar" durante 1,2 o 3 años. Saludos. |
Re: Duda AGPD Cita:
Cita:
El derecho de cancelación es importante, lo mismo que el derecho de acceso, de rectificación o de oposición. Igualmente de importante que el derecho de informar al interesado en la recogida de datos. |
Re: Duda AGPD Artículo 16 punto 3 3. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas. Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión. 1) El cliente te envia sus datos 2) Los guardas en tu base de datos 3) SI cliente CANCELA sus datos ENTONCES bloqueas datos bloquear != eliminar Leer Art.16 punto 3 Te pueden solicitar esos datos durante 3 años para cualquier problema legal o denuncia, si han desaparecido no cumples la ley. EDITO PARA AÑADIR: Si por cualquier motivo pierdes datos, debes de registrar en un parte de incidencias lo que ha ocurrido, para que si por algun motivo la AEPD te pregunta sobre los datos del cliente xxx y no se los pueden proporcionar, explicarlo de algún modo. Ej. Ocurrió un apagón y se han perdido los últimos datos de los clientes porque no tenía copia de seguridad,..... 4) SI cliente NO CANCELA sus datos ENTONCES datos del cliente CONTINUAN en tu BD Espero que se entienda. |
Re: Duda AGPD ultimo mensaje mio |
Re: Duda AGPD Cita:
Cita:
Cita:
Cita:
Hay administraciones públicas que el tiempo de reclamar los datos es mayor de 3 años. Como ejemplo cito la última modificación del Código Penal: "Así, se incrementa la pena del delito fiscal hasta los seis años para los supuestos más graves como testaferrías, estructuras organizadas o elevada cuantía de lo defraudado. Se establecen mecanismos para asegurar que el defraudador pague efectivamente su deuda" Cita:
Cita:
|
Re: Duda AGPD Cita:
|
Re: Duda AGPD Buenos días, Solo una apreciación para makynero. Equivocas términos y conceptos. La cancelación de datos de una persona no equivale a la eliminación de los mismos. Se han de bloquear, no los puedes tratar -salvo finalidad estadística , histórica o de investigación- y han de permanecer durante los plazos de prescripción que marcan las distintas normativas, que van desde los cuatro, cinco años hasta incluso los 10 0 20 años para datos de historias clínicas. La LOPD solamente habla de plazos de prescripción -bloqueo de datos-, siendo el RMS el que te regula los años que has de mantener los registros de acceso a ficheros de nivel alto -2 años- que el nuevo reglamento lo va a ampliar para los ficheros medios. Un saludo. |
Re: Duda AGPD Haber si conseguimos entendernos todos: - En ningún sitio he puesto que cancelar sea eliminar. Ruego disculpenme si he utilizado argot informático: los simbolos != significan distinto - Sobre el plazo de prescripción: |
Re: Duda AGPD Haber si conseguimos entendernos todos: - En ningún sitio he puesto que cancelar sea eliminar. Ruego disculpenme si he utilizado argot informático: los simbolos != significan distinto - Sobre el plazo de prescripción: Ya se que otros delitos tienen otro plazos, está claro, pero leyendo la Ley lo dice bien claro, no? Art.47 Para que vale si no es para aclarar esto...?? 3 años maximo faltas muy graves 2 años faltas graves 1 año faltas leves Alguna vez tendré que borrar los datos no ? Saludos. |
Re: Duda AGPD Cita:
En cuanto a las disculpas creo que no es necesario que las pidas, ya que solo estamos hablando sobre un tema en el que cualquiera de nosotros podemos expresarnos incorrectamente. Cita:
Tienes razón cuando dices que alguna vez tendrás que borrar los datos. También es verdad que esos datos que te han pedido que canceles los puedes tener en sitio o soporte diferente al que tratas los datos, incluso tienes la oportunidad de devolvérselos a su dueño. Por eso te puse que el concepto básico es respetar la decisión del propietario de los datos personales. Bueno makynero, espero que no te alejes de estas discusiones ya que creo que cuanto más opinemos mayores oportunidades tenemos de resolver nuestras dudas. Un saludo. |
Re: Duda AGPD ok, entendido. Pido disculpas por irme del tema original... Saludos. |
| La zona horaria es GMT -6. Ahora son las 21:06. |
Desarrollado por vBulletin® Versión 3.8.7
Derechos de Autor ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.