Foros del Web » Estrategias Digitales y Negocios Online » Temas legales »

LSSI, Facturacion y Autonomos

Estas en el tema de LSSI, Facturacion y Autonomos en el foro de Temas legales en Foros del Web. Buenas tardes! como en otro post que escribi os sigo desde la sombra pero hoy me he decidido a hacer este post para poder ayudar ...
  #1 (permalink)  
Antiguo 07/06/2013, 11:02
 
Fecha de Ingreso: marzo-2013
Mensajes: 11
Antigüedad: 11 años, 1 mes
Puntos: 1
LSSI, Facturacion y Autonomos

Buenas tardes! como en otro post que escribi os sigo desde la sombra pero hoy me he decidido a hacer este post para poder ayudar a nuevos "emprendedores".

Todos los que hemos tenido la idea de crear una web para poder sacar un beneficio de ella aunque solo sea el mantenimiento de la misma nos hemos encontrado con varias dudas, todo lo que pongo en este post son las respuestas que me han ido dando en las diferentes administraciones, es decir he ido una por una con mi consulta y os lo pongo para que os sirva de referencia.

AUTÓNOMOS: Cuando sacamos un beneficio económico de nuestra web sea la cantidad que sea, hay que darse de alta en autónomos, mucha gente comenta por la web que si no llegas al salario minimo no es necesario, que si no llegas a 3.000€ al año etc, hoy reunido con la Seguridad Social, me han dicho que no es cierto, en todos los casos hay que darse de alta en autonomos ya que ninguna ley marca que hay un minimo. Obviamente si hacienda va a investigar a alguien no creo que se pare a buscar a un tio que saca 50€ al mes con adsense pero, estrictamente legal hay que darse de alta y de no hacerlo puedes tener problemas.

De todas formas me han dicho que hacen excepciones pero para ello hay que entregar una carta con acuse de recibo en la Tesorería exponiendoles nuestro caso concreto y te responden en unos 15 días.

HACIENDA: Como cualquier actividad hay que darse de alta, y hacer declaraciones trimestrales de IVA e IRPF, aqui me han dicho exactamente lo mismo que en la Seguridad Social respecto a autonomos que con la ley en la mano es obligatorio darse de alta, otra cosa es que a hacienda no le salga rentable investigar un fraude de 50€ pero por poder puede hacerlo y ademas si estamos en el IAE dados de alta como actividad y no cotizando llama mas la atencion todavia.

Ley LSSI: Bendita ley! Muchos que nos dedicamos a esto tenemos webs que a pesar de ser 100% legales puedes dar con un "tarado" que en la web hay muchos y que le de por en vez de denunciarte ir a tu casa directamente.

Me he ido al ministerio de Industria para tener la informacion de primera mano y si ejercemos una actividad economica sea cual sea la cantidad estamos obligados a poner

Nombre y Apellidos
DNI
Direccion
Telefono
Mail

Cuando les he comentado mi caso que al ser autónomo tendría que poner mi domicilio y me arriesgo a que un usuario sancionado (es un juego online) se presente en mi caso me ha dado la razon la chica pero.... me ha dicho que no queda mas remedio y que si no se pone te arriesgas a las multas (gordas). El problema no es que alguien vaya a estar mirando cada web si lo cumples o no sino que un usuario cabreado para denunciarte lo tiene muy sencillo por esa vía es decir no hace falta que vaya a un juicio simplemente la administración te denuncia y te comes la multa.

Este es el tema que personalmente mas me preocupa ya que he tenido otros foros de opinión etc y siempre hay alguno que amenaza a la administración, normalmente los webmastes nos lo tomamos como rutina pero si sabe mis datos ya no me hace tanta gracia....

Les he comentado que si no podría poner mi dominio como marca registrada en el Registro Mercantil y en caso de una denuncia que el juez pida mis datos al registro y me han dicho tajantemente que no.

Opciones alternativas... si tienes una SL poner tu domicilio social en una oficina virtual (unos 40€/mes), pero si eres autonomo o persona fisica sin mas tienes que poner los tuyos.

Investigando por la Red he visto muuuchas denuncias sobre este tema y la mayoría en foros de opinión o webs que no venden un producto (delicado) sino en sitios bastante normales y que lógicamente ha llevado al cierre de la web y embargo del administrador.


Siento el tocho pero bueno hoy venia bastante deprimido con este tema ya que me hace inviable mi proyecto que podía ser bastante rentable, tengo que abandonar la idea porque me es imposible cumplir esa normativa sin exponerme a que me ocurra algo.

Se que es un tema mas que tratado pero quería daros la información de primera mano y poder colaborar con el foro, tengo mucha información sobre estos temas porque llevo bastantes días liado con ello y las administraciones así que si tenéis dudas decirlo así creamos un poco de debate.

Este país (España) es así.... por intentar que 4 estafadores no estafen por el medio caemos muchos que solo queremos poder vivir.

Un saludo a todos!


PD: les he comentado en industria que por que no hacen un registro en el que el webmaster se registre y le den un numero de admin como un CIF de empresa que sea el que ponga en su web y se han quedado con cara de poker...
  #2 (permalink)  
Antiguo 07/06/2013, 12:31
 
Fecha de Ingreso: octubre-2007
Mensajes: 20
Antigüedad: 16 años, 6 meses
Puntos: 0
Respuesta: LSSI, Facturacion y Autonomos

Mira todo eso... la LSSI no la cumple nadie,ni las empresas, el mismo Tuenti no lo incluía hasta que la compro Telefonica, mira las startups españolas y nadie la cumple..

Con la ley en la mano tienes que darte de alta en Hacienda y la Seguridad Social aunque no ganes dinero, solo por decir que vendes algo...

Sobre el domicilio en la propia propaganda (no lo que te diga en funcionario de turno, que vas otro dia y otro te dice otra cosa) dice que no es necesario poner la dirección completa, sino solo la ciudad.

Si tanto te asusta... haz negocio solo fuera de españa y con sistemas de pago extranjeros...
  #3 (permalink)  
Antiguo 09/06/2013, 04:47
Avatar de freegirl
Colaborador
 
Fecha de Ingreso: octubre-2003
Ubicación: Catalonia
Mensajes: 4.334
Antigüedad: 20 años, 6 meses
Puntos: 156
Respuesta: LSSI, Facturacion y Autonomos

No sé lo que hace Tuenti...pero decir que la LSSI no la cumple nadie es una tontería. Como en todo hay quién no cumple, pero esa no es la norma. Si a ti te pillan, no te sirve de nada decir que manolito tampoco la cumple. Que las multas no son moco de pavo.


Al tema:

Más o menos es lo que ya te han explicado en los sitios correspondientes. Otra cosa es que las leyes nos parezcan bien o mal. Más bien mal.

LSSI:
Si realizas una activad comercial, tienes que poner los datos identificativos de la empresa, seas autónomo o sociedad. e indistintamente si estás dado de alta en hacienda o no.

Si el domicilio es tu casa y no la quieres poner por privacidad (totalmente lógico), para ello puedes contratar servicios de domiciliación (oficina virtual) en centros de negocios. Depende la ciudad-zona pues el precio mensual varía. Pero vamos, normalmente se mueven por los precios que indicas >40€ +iva. Y la verdad que vale la pena.

Los autónomos también pueden contratar este servicio de domiciliación. No es sólo para sociedades.

HACIENDA Y S.S.
Tienen razón en lo que te han dicho. No hay ninguna parte de la normativa que diga que hay un mínimo para darse de alta en la seguridad social ni en hacienda. La gente, en lo de la seg.social, se basa en la jurisprudencia del smi, tal y cual.

Estar dado de alta en hacienda y no en s.social pues canta como una almeja y pueden darte de alta de oficio.

Estar dado de alta en hacienda no todo son desgracias, puedes deducirte los gastos.

Pago de autónomos (s.social):
Hay la tarifa plana para jóvenes. Es una chorrada de éstas que inventan, pero para salir del paso inicialmente....
http://www.empleo.gob.es/es/estrateg...-autonomos.htm

Recomendación:
Lo mejor es crear ya un negocio con horizontes amplios y de crecimiento, no sólo para ganar 50€ / mes. Ya que con la ley en la mano debes cumplir igual.

Otra cosa es que si al arrancar el negocio, si sólo ganas un máx. de 50e mes ¿no podrías hacer para recibir el pago de forma anual en vez de mensual? Así sólo te das de alta para facturar y luego te das de baja. Siempre que hablemos de estas cantidades....Ya sé que si somos papistas tampoco sería correcto, pero....es lo menos malo.
__________________
Saludos
  #4 (permalink)  
Antiguo 10/06/2013, 00:43
 
Fecha de Ingreso: marzo-2013
Mensajes: 11
Antigüedad: 11 años, 1 mes
Puntos: 1
Respuesta: LSSI, Facturacion y Autonomos

gracias free por los consejos.

Lo de la oficina virtual pensé que solo seria para sociedades así que echaré un vistazo a ver si veo algo interesante.

Lo de autónomos a mi personalmente es lo que menos me preocupa porque ya soy autónomo por mi trabajo principal así que eso solo lo puse porque vi que muchos decían que hay un mínimo, un máximo etc y no era cierto.

Esto es como todo puedes tener todo ilegal, todo legal o todo a medias eso es cuestion de cada uno, ademas no es lo mismo una web donde escribes tus opiniones al día tipo blog que una web que interactuas con usuarios que todos sabemos los problemas que da eso.

Todas las denuncias que he visto por LSSI son o por un usuario cabreado por un baneo en un foro etc o directamente de la web de la competencia y las multas son gordas aunque las que he visto están en falta leve de 0 a 30.000 € y ponen unos 600-900 € pero.... yo paso de jugármela.
  #5 (permalink)  
Antiguo 10/06/2013, 06:00
Avatar de eryca  
Fecha de Ingreso: febrero-2011
Mensajes: 233
Antigüedad: 13 años, 2 meses
Puntos: 59
Respuesta: LSSI, Facturacion y Autonomos

En cuanto a la LSSICE; solo señalar que su cumplimiento es obligatorio, no sólo a efectos de determinar la identidad del prestador de servicios (art 10), sino por el hecho, de que la realización de comercio electrónico, obliga a una regulación debe la que debe informarse al consumidor y usuario como garantía y seguridad de la operación que realizan y de los servicios y productos que se ofertan a través de una web.

De la misma manera, que exigimos ver y entender el contrato que firmamos, cuando realizamos un negocio jurídicos (compra, alquiler, prestamo), porqué iba a resultar diferente si realizo esas misma operaciones por Internet??. Quiero y es mi derecho y el de todo consumidor, ver las condiciones contractuales o cláusulas por las que se regirá esa operación, las garantías que tengo, el plazo, la responsabilidad, las causas de resolución...

Sin duda, una web que no ofrezca esta información, no solo incumple la ley, sino que además no ofrece ningún tipo de seguridad ni garantías.

Antes de la LSSICE, ya existía el Código civil que regulaba los actos y negocios jurídico, y el Código Penal que cantigaba la estafa y engaño. El cumplimiento de la LSSICE, no exime a los prestadores de servicios de cumplir con la normativa prevista en ambos códigos, así lo estable a efectos de responsabilidad el art 13 de la LSSICE.
__________________
Artículos informativos sobre propiedad industrial, intelectual y nuevas tecnologías

http://convelia.com

Última edición por eryca; 10/06/2013 a las 06:06
  #6 (permalink)  
Antiguo 11/06/2013, 08:04
 
Fecha de Ingreso: marzo-2013
Mensajes: 11
Antigüedad: 11 años, 1 mes
Puntos: 1
Respuesta: LSSI, Facturacion y Autonomos

Cita:
Iniciado por eryca Ver Mensaje
En cuanto a la LSSICE; solo señalar que su cumplimiento es obligatorio, no sólo a efectos de determinar la identidad del prestador de servicios (art 10), sino por el hecho, de que la realización de comercio electrónico, obliga a una regulación debe la que debe informarse al consumidor y usuario como garantía y seguridad de la operación que realizan y de los servicios y productos que se ofertan a través de una web.

De la misma manera, que exigimos ver y entender el contrato que firmamos, cuando realizamos un negocio jurídicos (compra, alquiler, prestamo), porqué iba a resultar diferente si realizo esas misma operaciones por Internet??. Quiero y es mi derecho y el de todo consumidor, ver las condiciones contractuales o cláusulas por las que se regirá esa operación, las garantías que tengo, el plazo, la responsabilidad, las causas de resolución...

Sin duda, una web que no ofrezca esta información, no solo incumple la ley, sino que además no ofrece ningún tipo de seguridad ni garantías.

Antes de la LSSICE, ya existía el Código civil que regulaba los actos y negocios jurídico, y el Código Penal que cantigaba la estafa y engaño. El cumplimiento de la LSSICE, no exime a los prestadores de servicios de cumplir con la normativa prevista en ambos códigos, así lo estable a efectos de responsabilidad el art 13 de la LSSICE.

Si yo lo entiendo pero desgraciadamente en internet hay de todo y depende de que tipo de web tengas, puedes encontrarte con problemas reales.

Personalmente quiero tener todo legal sino no habría perdido el tiempo en preguntar pero el usuario o cliente estaría igual de protegido si el estado tuviese un registro donde te asignan un numero parecido a un CIF y el webmaster no se juega tener un problema en su vida real.

La ley esta pensada para empresas grandes que tienen web no para la mayoría de web que son pequeños webmaster que tendrían que poner sus datos personales y enfrentarse a situaciones que en una oficina no se darían.
  #7 (permalink)  
Antiguo 11/06/2013, 12:34
Avatar de freegirl
Colaborador
 
Fecha de Ingreso: octubre-2003
Ubicación: Catalonia
Mensajes: 4.334
Antigüedad: 20 años, 6 meses
Puntos: 156
Respuesta: LSSI, Facturacion y Autonomos

pero qué datos no quieres poner? Si es por el domicilio, leyendo las faqs de la web de la lssi indica que al menos pongas localidad y provincia. Entiendo quee la calle no es necesario

http://www.minetur.gob.es/telecomuni...s/Index.aspx#8
__________________
Saludos
  #8 (permalink)  
Antiguo 13/06/2013, 04:19
Avatar de eryca  
Fecha de Ingreso: febrero-2011
Mensajes: 233
Antigüedad: 13 años, 2 meses
Puntos: 59
Respuesta: LSSI, Facturacion y Autonomos

Cita:
La ley esta pensada para empresas grandes que tienen web no para la mayoría de web que son pequeños webmaster que tendrían que poner sus datos personales y enfrentarse a situaciones que en una oficina no se darían.
Es una forma de verlo, ya que en este caso tu actuas como empresario, pero discrepo de lo que dices, pues entidendo que también eres consumidor y usuari de Internet, y considero que todos tenemos derecho a saber; con quien contratamos, garantías que nos ofrecen, reclamar y resolver si toca y frente a quien hacerlo y dirigirnos...

Las Leyes no solo se dictan para grandes empresas, sino tambien pensando en los usuarios y consumidores, basta con que leas un poco el RDL 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el TRLDCU.
__________________
Artículos informativos sobre propiedad industrial, intelectual y nuevas tecnologías

http://convelia.com

Etiquetas: dominio, empresa, facturacion, legal, lssi, nombre
Atención: Estás leyendo un tema que no tiene actividad desde hace más de 6 MESES, te recomendamos abrir un Nuevo tema en lugar de responder al actual.
Respuesta




La zona horaria es GMT -6. Ahora son las 07:32.