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Pregunta sobre negocio

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Antiguo 25/03/2010, 16:29
 
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Mensaje Pregunta sobre negocio

Hola,

Me he apuntado a este foro por recomendación de un amigo para preguntar una cosa. He recibido una serie de menesajes en que me ofrecen un dineral por recibir dinero en mi cuenta del banco y enviarlo para otro sitio. Me dan el 20 por ciento por cada operación.

Mirad, se que no puede ser tan fácil porque he echado las cuentas y sale que por hacer esto me ganaría 20.000 euros en una mañana, pero estoy en las últimas de todo, de dinero y de la vida si se me siguen apretando más las tuercas. Ya no cobro ni paro ni nada y encima me han echado del piso en que vivía en alquiler y estoy otra vez en casa de mis padres con 38 años. Me dan ganas de tomarme un frasco de pastillas y fuera.

¿Qué ilegalidad hay en lo de coger ese dinero y mandarlo para otro sitio? ¿es delito? Si yo no sé de que va el rollo ni sé nada ¿es delito? ¿Que puede pasar si me apunto al tema?

¿Podría ser peor que como estoy ahora?

Gracias por cualquier respuesta que podais darme. Juanma
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Antiguo 25/03/2010, 16:40
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Hola Juanma71,

No lo hagas. Porque sí, puede ser mucho peor que como estás ahora, ya que no se trata de ningún negocio, sino de un delito muy conocido y en auge en los últimos años.

Para explicarte detalladamente la mecánica del sistema, te diré que se trata de una práctica en la que tú serías lo que se conoce en el argot policial y judicial como un “mulero”.

La progresión sería la siguiente:

1. Un delincuente o red delictiva se hace con datos de acceso a cuentas bancarias a través de cualquiera de los múltiples sistemas que existen hoy en día para la captación de información personal y económica de particulares y empresas.

Así, troyanos y otras formas de programación dañina, en solitario o asociados a la introducción de rootkits, ya sea desde sistemas propios de los autores de estas actividades localizados en terceros países y con distinto nivel de ocultación mediante sistemas como la red TOR y otras derivaciones, o mediante (frecuentemente) la utilización de ordenadores infectados de terceras personas, sin conocimiento ni control sobre lo que ocurre, integrantes de lo que se conoce como “botnets” o redes de ordenadores zombies.

En otras ocasiones, mediante el “phishing”, utilizando replicas exactas de páginas web de entidades bancarias a fin de engañar a usuarios de las mismas y hacerles rellenar formularios para obtener tal información y datos.

2. Una vez en poder de los números de cuenta y códigos de acceso, se dispone o disponen al expolio de los fondos disponibles a través de su transferencia a otra cuenta bancaria.

No obstante, y para evitar el problema del rastreo policial subsiguiente a la denuncia por parte de la víctima titular de la cuenta, o de los sistemas de control de bancos y cajas de ahorro ante la detección de extrañas operaciones de transferencia de fondos alejadas de lo común y corriente en relación a las cuentas afectadas, se hace preciso idear algún sistema que haga de intermedio o pantalla de ocultación y que impida saber a dónde fue a parar el dinero sustraído.

Y es aquí donde entras tú, como segunda víctima.

3. Se ponen en contacto con multitud de personas a través de Internet, ofreciéndo un “interesante trabajo” sobre la base de referencias y descripciones más o menos desarrolladas y elaboradas para hacerte creer esto y lo otro.

(Esta parte ya debes conocerla).

Tú aceptarías una cantidad en tu cuenta, para después reenviarla a fin de evitar sistemas fiscales, problemas legales que ellos tienen por estar en el inicio de su actividad comercial (legítima, por supuesto), trabas supuestamente injustas por parte de sus países, o cualquiera otra de las dialécticas y arteras patrañas hábilmente ideadas para convencer sobre la legitimidad de esta operación, en la que tú, en cualquier caso y por supuesto, no correrías ningún riesgo.

En la inmensa mayoría de las ocasiones, los mensajes son desechados por los destinatarios, que se huelen la tostada sin mayor problema.

En otros, desafortunada y tristemente, y específicamente en el caso de personas en situación de debilidad o penuria económica o personal (como parece ser tu caso), son leídos y releídos con el máximo interés por el futuro interno penitenciario. En ocasiones, tras su impresión en papel y al calor de un café en bares y cafeterías donde, en compañía de su pareja o algún amigo, se acaricia la idea de que “pueda ser verdad”, y de “la solución que sería justo ahora que estamos como estamos”.

(...).

4. Envías un mensaje al responsable del artificio para decirle que sí, que te metes. Que estás dispuesto. Pero, eso sí, sin poner ni un céntimo de tu parte.

5. Se inicia un intercambio de mensajes, incluyendo recepción de faxes, en que se te informa de cómo sería la mecánica del proyecto, tus honorarios en lo que sería un trabajo continuado a lo largo de meses (mentira), y lo bien y mucho que todos saldríais ganando.

Todo forma parte de un proceso de acceso a la psicología de la víctima (tú) orientado a hacerle ver el asunto como algo completamente normal.

6. Te piden la cuenta para ingresarte en dinero, y tú se la das porque no hay problema. Al fin y al cabo estás tieso y sin un céntimo.

Nada te van a sacar.

7. En alguna ocasión, hacen una o dos pruebas con pequeñas cantidades de dinero puesto de su bolsillo (robado previamente, se entiende), para ver qué tal te comportas, para hacerte creer que no pasa nada, y para cercionarse de que vas a funcionar bien cuando venga lo gordo.

8. Finalmente, con calentamiento previo o sin ello, te ingresan la cantidad, proveniente de la transacción desde una o varias cuentas en uno o diversos países.

9. Tú recoges la cantidad y la mandas a una persona y dirección (en el extranjero, por supuesto) mediante alguno de los sistemas de envío de dinero de fácil manejo a la hora de no dejar ni rastro en cuanto a saber a dónde fue a parar el mogollón (como son Western Union, MoneyGram, etc.), y después de descontar tú mismo el 20 por ciento prometido y tan deseado.

10. Horas de gran felicidad y júbilo por tu parte: planes de sanear esta y aquella deuda, fin del agobio por desempleo, gozo ante el viaje que te vas a pegar en ¿el Caribe?

11. Visita sorpresa de miembros de la Unidad de Delitos Informáticos o la Policía Judicial en tu domicilio, incluyendo detención y traslado a dependencias policiales.

12. Posterior interrogatorio en instancias del juzgado de instrucción correspondiente, donde se te informa que vas a ser imputado por un delito de receptación.

Puedes verlo visitando este enlace:

http://noticias.juridicas.com/base_d...l2t13.html#c14

Si no entiendes algo, preguntas de nuevo.

13. (Mal número) Si la cantidad expoliada es elevada (que suele serlo) o dependiendo de circunstancias, ingresarías en prisión.

De nada te serviría el “tú no sabías”.

Hace cosa de un año hablé con una jueza de Bilbao sobre este asunto, preguntándole cómo trataban ellos las excusas de los imputados en este tipo de delitos.

La respuesta que me dio fue, literalmente: “...salvo en el caso de persona borde-line (deficiente mental), se le lleva para adelante.”

Tú Juanma, ¿eres “border-line”?

Tampoco te va a servir de nada llorar en comisaría o delante del juez (como he visto en otros casos).

Entonces sí que te iban a dar “...ganas de tomarme un frasco de pastillas y fuera.”

Espero que te sirva la explicación.

Un saludo.


José Manuel Rosón Bravo
  #3 (permalink)  
Antiguo 25/03/2010, 17:12
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Cita:
Iniciado por Juanma71 Ver Mensaje
pero estoy en las últimas de todo, de dinero y de la vida si se me siguen apretando más las tuercas. Ya no cobro ni paro ni nada y encima me han echado del piso en que vivía en alquiler y estoy otra vez en casa de mis padres con 38 años. Me dan ganas de tomarme un frasco de pastillas y fuera.
No pierdas la esperanza, solo pierdes cuando te rindas. Seguro que te esperan muchas cosas buenas en tu vida, que eres joven aún. Pero como veo, vez solo lo malo, concentrate en lo bueno, y solo lo bueno verás.


http://www.youtube.com/watch?v=X_XW6Y-K3QE

Miralo porfa :)

Buena suerte!
  #4 (permalink)  
Antiguo 26/03/2010, 11:40
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Gracias a los dos. A uno por una cosa y al otro por otra.

Al señor Jose Manuel Roson por su exposción del tema (este tio escribe muy bien), y Pabloam por su apoyo y ánimo (he visto el vídeo y es cierto, muchas veces nos quejamos de vicio).

A medida que iba leyendo la explicación de Roson se me iba revolviendo el estómago y temblando todo el cuerpo, porque es justo como dice. El martes estube en un pub con un amigo discutiendo sobre esto del negocio del 20 por ciento, y acariciando la ilusion del dinero que íbamos a ganar. Tambien diciendo eso de que no puede ser legal ni ilegal porque yo no hago nada malo, sólo cojo un dinero que me dan y lo mando para otro lado. Nunca había oido eso del delito de recepción (también he visto el enlace). Eso de ser un ignorante es un cancer que te mueres de asco. Supongo que es lo que les vale a los que me mandaron el mensaje con la proposición: aprovecharse de gente que no sabemos de nada mas que de trabajar en un bar.

Loq ue no entiendo es como puede ser posible que se meta en la carcel a una persona que sin saber nada accede a esto. Si eres un ignorante desesperado y caes, está claro que por tu falta de estudios y por no ser nada mas que un barman ¿como te meten en la cárcel? ¿la justicia no ve que tu también eres víctima? Te tendrían que quitar el dinero y punto. Pero no meterte en la carcel. No se. Supongo que la persona que me ha contestado será abogado o algo así. No pienso hacer nda de lo dicho, pero por curiosidad querría saberlo.

Gracias. Juanman.
  #5 (permalink)  
Antiguo 27/03/2010, 12:43
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Jose Manuel: excelente información.
Juanma71: que la persona no lo sepa muchas veces no significa nada. Te doy otro caso: el de muchas personas que son tomadas para transportar droga y no lo saben, y terminan en la cárcel. La justicia en ese caso no es "comprensiva", es un sistema que se maneja con su lógica propia, y ve que se ha cometido un delito y has participado.
Vamos que en el foro puedes aprender muchas cosas para generar tu propio negocio.
  #6 (permalink)  
Antiguo 28/03/2010, 13:02
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Juanma 71 Esto debes de verlo como algo normal.Yo cuando no estoy a gusto en un trabajo me largo ,tampoco estoy cobrando paro y con 38 años como tú vivo con mi padre y mi hermano.Ahora estoy en espera de un trabajo pero vamos que no me excito en demasía.Llegado el caso tampoco se saca mucho provecho en un trabajo mileurista donde no tienes ningún tipo de libertad ni riqueza vital y hoy día el trabajo no es para nada salvación de nadie .Con eso no quiero decir que uno pase y s e tire a la bartola,OJO...pero sí que es cierto que la inmensa mayoría de los mortales malviven con un trabajo de 8 horas (o tropecientasmil al día)dependiendo el nivel de sumisión de la persona y con un sueldo de 1000 euros(cuando te los pagan puntual claro) que no llega ni para pipas .Yo por eso quiero emprender negocios web para tener al menos algo que me ilusione y solo a cepto trabajos de 6 horas considerándome por ello inteligente claro(paso de pringar todo el día) y prefiero matarme con webs y arriesgarme sin tener ni idea de programación que estar pringado en una empresa como asalariado toda mi vida.

Ý esas ofertas me llegan a mi a sako y a mucha gente.Se aprovechan de las ilusiones y las carencias de las personas en tiempos difíciles como éstos.Es un trabajo ilegal de "mulero" que solo te traerá problemas y ruina.

La solución:entender la vida,respirar ,relajarse,no agobiarse,y sobre todo no caer en malos rollos ni permitir que te roben ,te metas en lios y demás.Y buscar una alternativa rentable y luchar por ella,aunque cueste.Como tú hay muchas personas y peor con deudas y demás así que no te agobies ,entiende que vivir una vida de lujos está reservada para 4 afortunados o muy inteligentes,no te metas en líos y tira para adelante.
Mucha suerte.
  #7 (permalink)  
Antiguo 30/03/2010, 03:39
Avatar de javitax  
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De acuerdo Respuesta: Pregunta sobre negocio

Cita:
Iniciado por Juanma71 Ver Mensaje
Hola,

Me he apuntado a este foro por recomendación de un amigo para preguntar una cosa. He recibido una serie de menesajes en que me ofrecen un dineral por recibir dinero en mi cuenta del banco y enviarlo para otro sitio. Me dan el 20 por ciento por cada operación.
Nunca aceptes este tipo de comisiones estarías incurriendo un delito de blanqueo de capitales de origen ilícito en tu país de residencia

Saludos
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  #8 (permalink)  
Antiguo 01/04/2010, 14:53
Avatar de fernando2222  
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Es verdad juanmma, no te metas en casos extraños y peligrosos
  #9 (permalink)  
Antiguo 02/04/2010, 07:42
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Hola Juanma71 (y resto de contertulios),

Perdón por la tardanza en la respuesta; he estado de trabajo hasta arriba.

Quieres saber por qué serías imputado (y, posiblemente, encarcelado) en caso de seguir con este “negocio”, sin “...saber nada accede a esto...”, “...tu también eres víctima...”, y todo lo demás que dices.

Contrariamente a lo que dice Domainer (“...que la persona no lo sepa muchas veces no significa nada..”), no se trata de que no signifique nada, sino de la aplicación de conceptos, razones y mecánicas muy claras y ampliamente debatidas por la doctrina y la jurisprudencia dedicada especialmente al derecho penal.

Tampoco es válido (perdona, Domainer) el argumento de las personas que ingresan en prisión tras servir como camellos inconscientes en operaciones de tráfico de droga, ya que habría que investigar caso por caso y estar a las circunstancias.

Ni tampoco es correcta la apreciación del hecho que nos ocupa como un delito de blanqueo de capitales que hace Javitax, ya que esta figura viene tratándose (no sin discusión y debate) como un delito de receptación del artículo 298 del código penal.

Lo que sí debes tener en cuenta siempre y como cierto, es que, antes de acceder a ningún tipo de operación, negocio, proposición, empleo, ocupación, actividad o simplemente saludar o mirar a alguien en la calle, debes asesorarte de la mano de profesionales específicamente dedicados al campo o sector, dejando de lado lo que a ti bien te parezca o consideres, por muy buena persona que seas, y de lo cual no dudo ni por un momento, pues poco le van a importar o pesar tus razonamientos y considerandos al instructor del caso a la hora de ordenar tu encierro o embargo de todo lo que puedas tener.

En fin, amigo Juanma71, te lo voy a explicar con cierto detalle, y como abogado, para que te quites de la cabeza el 20 por ciento de marras, y para que sirva de aviso a cualquier otro que visite este foro (por cierto, muy bueno y de gran contenido) buscando una duda o atisbo de posibilidad de salir impune a la que agarrarse a la hora de meterse a gusto y con ganas en este tipo de propuestas.

En primer lugar, y a modo de introducción de ciertos conceptos, te diré que para poder ser imputado por un delito o falta de los tipificados en nuestra legislación, o en la mayoría de las presentes en los países occidentales, debe darse dolo o imprudencia por tu parte.

El dolo es el conocimiento y la voluntad de los hechos en consiste el tipo penal, es decir la voluntad de cometer los hechos orientados a un resultado (se ha escrito mucho sobre esto, y no vamos a entrar en más explicaciones).

Existen tres formas de dolo:

1. Dolo directo de primer grado, en que el autor quiere el resultado que se va a producir, siendo éste su único objetivo. Para poner un ejemplo, colocar una bomba en un autobús para matar a los ocupantes, siendo el resultado final de las muertes lo buscado y deseado por el autor.

2. Dolo directo de segundo grado, en que el autor sabe y quiere producir un resultado, que se va a producir seguro o casi con toda seguridad, aunque no es este su objetivo primario a la hora de realizar la acción. Así, modificando el ejemplo anterior, nuestro autor coloca una bomba en un autobús de su propiedad para cobrar luego un seguro por el siniestro. Sabe que los ocupantes morirán con total o casi total seguridad, pero no es eso lo que busca, sino cobrar el seguro.

3. Dolo eventual, en que el autor sabe o sospecha que podría llegar a producirse un resultado como consecuencia de una acción orientada a lograr otro resultado distinto y directamente deseado. En nuestro ejemplo, el autor coloca un artefacto incendiario en un autobús aparcado en cocheras para cobrar el seguro a resultas del incendio. Su falta de pericia le indican que el artilugio podría deflagrar a distintas horas, incluso de mañana y con personas en las instalaciones, o incluso con el autobús en ruta, sin que haya nada seguro sobre si morirá alguien o no.

En cuanto a la imprudencia, se trata de un elemento dentro del mundo normativo y hace referencia al deber de cuidado al que todos estamos sujetos.

Aunque también se ha escrito muchísimo sobre la misma, diremos que se precisarían tres elementos para su integración:

1. Imputabilidad, que requiere del sujeto el haber podido actuar de otro modo.

2. Posibilidad de conocimiento del hecho o las circunstancias.

3. Ausencia de causas de exculpación.

Todo ello se centra en dilucidar si el acto injusto realizado puede atribuirse al autor del mismo en las condiciones psíquicas y circunstanciales que le permitan un proceso normal de motivación hacia el mismo.

Para seguir con el ejemplo, imaginemos que nuestro propietario de autobuses utiliza uno de sus vehículos para hacer un transporte (prohibido) de materiales inflamables, resultando en numerosas muertes como consecuencia de un accidente.

Existe una estrecha franja de deslinde entre el dolo eventual y la imprudencia consciente, ya que en ninguno de ambos casos el autor desea el resultado (la muerte de los pasajeros del autobús), y en los dos supuestos el autor es consciente de la posibilidad de que éste ocurra, lo cual ha dado lugar a gran discusión y diferentes soluciones en cada supuesto.

Expuestas estas ideas y conceptos, te diré que la actividad que te han propuesto daría contigo como imputado en un delito de receptación del artículo 298 de nuestro código penal.

Se trata de un delito contra el patrimonio que linda y tiene elementos en común con el encubrimiento (aunque no se identifique con él, debido al requisito de ánimo de lucro por parte del autor) y los delitos contra la Administración de Justicia. Es decir, se trataría de una forma delictiva pluriofensiva.

El artículo 298-1 del Código Penal (Ley 3996/1995) lo define así:

“El que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales efectos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.”

Así pues, se trata de un aprovechamiento del resultado de la comisión de un delito a sabiendas del mismo. Y es aquí donde entramos a discutir tu consulta sobre el efecto de tu ignorancia sobre el mismo.

Si efectivamente no sabías nada y accedes a esta operación, ¿deberías ser imputado?

Doctrinal y jurisprudencialmente se exige una sospecha, suposición o recelo sobre lo ilícito de la actividad o la procedencia de los bienes aprovechados, cuya oposición al principio de presunción de inocencia ha sido solventada por el Tribunal Supremo mediante la incardinación de la actitud del “mulero” dentro del dolo eventual arriba definido y explicado, describiendo su comportamiento como “posición de ignorancia deliberada”.

Ya en 2008, este mismo órgano judicial desestima y define como “poco creíble” la excusa de personas dedicadas a la actividad que tú propones al indicar que “desconocían la procedencia ilegal de los fondos” y sobre la base de la gran información y medios de que se dispone hoy en día para no caer en dicha ignorancia en la que tú mismo pretendes escudarte.

O si quieres te lo digo de otra manera: ¿cobrar 20.000 euros por unos trámites realizados en una mañana? ¿te parece normal? ¿conoces tú a alguien que cobre tal cantidad por tales conceptos? ¿estás tú cualificado o eres merecedor de tal cobro por unas horas de trabajo?

¿Quién eres tú? ¿Brad Pitt?

(Continúa en el siguiente mensaje - José Manuel Rosón Bravo)

Última edición por Jm Rosón B; 02/04/2010 a las 09:43
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Antiguo 02/04/2010, 07:43
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

(Comienza en el mensaje anterior - José Manuel Rosón Bravo)

Por otro lado, y para responder a Javitax en relación a su calificación de esta actividad como dentro de la figura de blanqueo de capitales, debe tenerse en cuenta una serie de diferencias, ya determinadas y expuestas a través de la claridad textual con que se pronuncia la sentencia de Tribunal Supremo 8288/2003, de 19 de diciembre, y que cito literalmente:

---------------------------------------------------------------------------------------------------

“En definitiva, en el blanqueo de capitales se trata de criminalizar aquellas conductas que persiguen ocultar el origen ilícito de los bienes, a sabiendas de que proceden de un delito (grave), con las finalidades expresadas, para cerrar el circuito de su aprovechamiento por razones de política criminal.”

“La problemática en estos delitos suele radicar en la acreditación de la procedencia, y la conexión del sujeto activo con el delito antecedente de donde proceden las ganancias o ilícitos beneficios. A falta de prueba directa la jurisprudencia acude a la prueba indirecta o indiciaria que tanto el Tribunal Constitucional, como esta propia Sala, consideran bastante para enervar la presunción de inocencia, a partir de determinados hechos concluyentes que han de estar acreditados; y entre ellos: a) la cantidad de capital que es lavado o blanqueado, como elemento de primera aproximación, b) vinculación o conexión con actividades ilícitas o personas o grupos relacionados con las mismas, c) aumento desproporcionado del patrimonio durante el período de tiempo al que se refiere dicha vinculación ; y d) inexistencia de negocios o actividades lícitas que justifiquen ese aumento patrimonial (Sentencias del TS 23-5-1997 y 15-4-1998, entre otras).”

“... existen dificultades dogmáticas para diferenciar ambas conductas delictivas, y que en la literatura científica se suelen emplear los siguientes elementos: a) el delito previo en el blanqueo de capitales debe ser cualquier delito grave, mientras que en la receptación se exige una mayor concreción, ya que ha de tratarse siempre de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico; b) no existe unanimidad sobre si el autor del delito previo puede ser autor o cómplice del delito de blanqueo de capitales (la sentencia de esta Sala 1293/2001, de 28 de julio, declaró esta posibilidad), mientras que está expresamente excluido en el caso del delito de receptación; c) el delito de receptación exige siempre ánimo de lucro, lo que no es preciso en el blanqueo de capitales; d) en la receptación del art. 298 del Código penal no está prevista la llamada "receptación sustitutiva", mientras que sí resulta posible en el blanqueo, mediante la sucesión en las transformaciones del bien de que se trate, como antes apuntamos; e) la conducta típica de la receptación abarca la simple recepción de los bienes, mientras que en el blanqueo las modalidades son más amplias: la adquisición, conversión y transformación; f) la conducta típica de la receptación, castiga al que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales efectos, agravándose la penalidad cuando se trafique con ellos, mientras que en el blanqueo de capitales la conducta consiste en adquirir, convertir o transmitir bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en un delito grave o realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos.”

“El delito de blanqueo de capitales constituye un delito especial respecto al general de la receptación, de ahí que el título del Código penal se denomine "de la receptación y de otras conductas afines".

---------------------------------------------------------------------------------------------------

En cualquier caso, y para que veas que la cosa, aunque discutible y discutida, siempre resultaría contigo en la cárcel, te diré hay doctrina jurídico penal que te colocaría, no como receptador, sino como un autor más o como cómplice junto con los artífices de la operación.

Así, algunos autores exponen que en todo este artificio, la actuación del “mulero” se produce cuando el delito aún no está consumado, siendo su aportación parte constitutiva de dicho proceso de consumación, al integrar el último elemento del tipo penal (perjucio o pérdida patrimonial derivada de la disposición).

Es decir, que sin tu cooperación no podrían haberse aprovechado los autores del delito del dinero sustraído, o lo hubiesen tenido muy complicado, resultando tú en cooperador necesario o, como mínimo, cómplice.

Teniendo en cuenta esto, te indico lo que dice el artículo 28 del Código Penal:

“Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento”

“También serán considerados autores:

a) Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado”

Ello es muy discutible, debido a lo complicado de admitir la participación a través del dolo eventual dentro del tipo de estafa. Pero ahí están las teorías y discusiones penales.

Todas en tu perjuicio.

En fin, Juanma71, cuidate.

Un saludo.

José Manuel Rosón Bravo

Última edición por Jm Rosón B; 02/04/2010 a las 16:36
  #11 (permalink)  
Antiguo 03/04/2010, 11:50
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Buenas,

Viendo la contestación de Jose Manuel Roson siento verguenza de mi ignorancia y poca vista. Y es que vuelve a acertar con las intenciones y hasta lo que estaba pensando, porque verdaderamente se trataba de eso, de buscar algun resquicio de que fuese posible meterse en ese asunto y salir con el dinero y sin responsabildiades, cuando en realidad solo sería carne de presidio.

He buscado en internet y visto que el seño Roson tiene razón. He visto unmontón de denuncias de casos similares y expresiones como “ofrecen trabajo y pagan con carcel” en una noticias en prensa virtual. Debe haber un monton de gente que han ido a la carcel en varios paises por hacerle la rosca a esta canalla de gentuza.

Se trata de utilizar miserablemente a las personas que, si se dejan utilizar (os lo digo con conocimiento de causa) es porque estamos desesperados. Utilizarte y luego que te metan en la carcel o que te mueras. No se como pueden vivir luego con su conciencia.

Un saludo y gracias por vuestras ayudas. Ni que decir tiene que el asunto queda descartado de mi cabeza.
  #12 (permalink)  
Antiguo 03/04/2010, 16:03
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

¿No sabes cómo pueden vivir luego con su conciencia?

Es bien sencillo: no tienen ninguna.

Te lo digo porque conozco el paño.

Y no te creas tú que estamos hablando de malvados e impresentables individuos, provenientes del lumpen, con aspecto y maneras rudas y amenazantes y con un amplio historial delictivo a sus espaldas

En muchos casos se trata de semi-psicópatas (o psicópatas enteros) que conducen una doble vida donde se entremezclan este tipo de actividades con las calideces y armonía de una familia bien avenida, y no pocas relaciones amistosas y vecinales, a las que tratan con la más absoluta corrección y decoro a cambio de respeto y reconocimiento.

Cuando se les pregunta por su medio de vida, cuentan con un amplísimo elenco de excusas y explicaciones muy bien ensayadas y argumentadas, que relatan en cenas y reuniones con la más tranquila de las actitudes: el negocio de importación de langostinos de Namibia, su actividad como contratista en negocios de construcción, (...), el viaje que ha realizado hace una semana a China para comprar artículos de arte que luego vende en subastas por Internet.

Todo legal, por supuesto, y con facturas.

Un saludo.

José Manuel Rosón Bravo
  #13 (permalink)  
Antiguo 03/04/2010, 16:06
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Jm Rosón B, muy buena la explicación, gracias por aportar tus conocimientos
  #14 (permalink)  
Antiguo 04/04/2010, 13:56
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Buenos consejos Jm Rosón B, evita siempre lo fácil y las gangas

Saludos,
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Antiguo 26/04/2010, 06:36
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Si es verdad!

Te hacen la transferencia, tu vas alegremente al banco, y cuando vas a retirar el dinero, te das cuenta de que NO HAY FONDOS, es un cheque sin fondo, dinero sin valor alguno, y quien acaba perdiendo eres tu
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Antiguo 26/04/2010, 11:12
 
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Respuesta: Pregunta sobre negocio

Cita:
Loq ue no entiendo es como puede ser posible que se meta en la carcel a una persona que sin saber nada accede a esto. Si eres un ignorante desesperado y caes, está claro que por tu falta de estudios y por no ser nada mas que un barman ¿como te meten en la cárcel? ¿la justicia no ve que tu también eres víctima?
Recuerdo que un narco mexicano dijo que justicia y ley no son sinónimos. En su caso sí lo eran, pero en el de otra mucha gente no suele serlo necesariamente...

Un saludo y ánimo Juanma71, somos muchos quienes integramos ese cuerpo social castigado por los mismos chorizos de siempre que, como expresó con cruda concisión Arturo Pérez Reverte, quieren dejarnos en pelotas y a merced del primer cabrón que pase por la calle.

Etiquetas: negocio
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