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Fuente...Deberá pagar más de 10.000 euros. La jueza que, en primera instancia, absolvió el pasado año al propietario de la copistería O Copión de Santiago de Compostela hizo una alusión a que los libros y los CD’s originales “están cada vez más elevados de precio.”
La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado al propietario de la copistería O Copión, de Santiago de Compostela, que estuvo varios meses bajándose música de Internet que luego ofrecía a la carta y grabada en cedés vírgenes, a sus clientes. El acusado, José Luis G.V., tendrá que indemnizar a Promusicae con 6.799,32 euros por los daños infringidos a los titulares de los derechos de propiedad intelectual. También deberá pagar 4 euros diarios de multa durante 20 meses, y cargar con las costas del proceso, que incluye el comiso de los ordenadores y demás material utilizado para estas copias fraudulentas. La sentencia es firme y rectifica al juzgado de lo penal número 1 de Santiago, que hace un año había dictado una resolución absolutoria.
El presidente de la sección sexta, Ángel Pantín, considera probado que el perjuicio económico para los artistas y productores musicales “no ofrece discusión”, y rechaza por “inverosímiles” todas las tesis de la defensa, que el año pasado había dado por válidas la juez Rosa Collazo, titular del juzgado número 1 compostelano. La sentencia ahora divulgada “prohíbe la reanudación de la actividad ilícita” en el local sancionado e impone multa, indemnización y comiso de bienes a su titular.
CEDÉS Y CARÁTULAS
Los hechos juzgados se refieren al establecimiento O Copión, radicado en la calle Obispo Diego Peláez de Santiago. Desde su apertura, en 2001, el propietario descargaba ilegalmente y almacenaba en el disco duro de su ordenador grandes cantidades de música, así como las reproducciones de las carátulas correspondientes. En el momento de la intervención judicial, José Luis G.V. disponía de más de 35.000 canciones, que ofertaba a los clientes de la copistería. “En el local y a disposición del público”, dice la sentencia, “había listados [con los discos disponibles]. Los interesados rellenaban una hoja de pedido y pagaban el precio de la copia encargada, que era normalmente de 1,20 euros por CD”.
El sistema gozó de un notable éxito entre la clientela, como indica que la entrega “se realizaba a veces días después, a causa de la gran demanda existente”. Los investigadores encontraron una caja con 674 discos ya copiados “por encargo”.
En junio de 2002, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve; hoy Promusicae) remitió un burofax a O Copión advirtiendo sobre el carácter ilícito del negocio, pero su responsable hizo caso omiso a aquella comunicación. “El acusado”, resume la sentencia, “se proveía gratuita y masivamente de archivos musicales a través de Internet, y después, con ánimo de lucro, distribuía esas grabaciones entre la clientela, en la mayoría de los casos mediante la grabación, por él o su personal, de los archivos musicales en los CDs”.
”DESCARGAS DE CLIENTES” Una vez comprobado el sistema de encargos que regía en la tienda, el presidente de la sección sexta descarta por “inverosímiles” las disculpas del acusado. José Luis G.V. alegaba que “los archivos musicales y listas de fonogramas eran fruto de las descargas de música que llevaban a cabo los clientes”.
El pronunciamiento de la Audiencia Provincial coruñesa, fechado el 13 de noviembre, supone además un serio varapalo para la instancia judicial inferior. En su sentencia de diciembre de 2005, la magistrada Rosa Collazo no vio acreditado que los originales de los discos “no pertenecieran a los clientes que los copiaban”, ni encontró probado “que de cada disco se obtuviese más de una copia ni que fuese para un uso distinto al privado”. La titular del juzgado número 1 de lo penal deslizó incluso una alusión a que los libros o cedés originales “están cada vez más elevados de precio”.
El presidente de Promusicae, Antonio Guisasola, se felicita, en un comunicado emitido hoy, por la sentencia de la Audiencia Provincial, “que contribuye a poner justicia y sentido común en un caso flagrante de atropello a los derechos de los autores, intérpretes y productores musicales”. “En el caso de Santiago”, a juicio de Guisasola, “una vez más es una instancia jurídica superior la que tiene que corregir una sentencia disparatada”. El responsable de la asociación que agrupa a la mayoría de discográficas españolas se refiere a una sentencia reciente en Santander, también recurrida ante la Audiencia Provincial correspondiente, en torno a un internauta que ofrecía copias en CD-R de sus discos a través de foros de Internet y los remitía por mensajería y correo ordinario.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado al propietario de la copistería O Copión, de Santiago de Compostela, que estuvo varios meses bajándose música de Internet que luego ofrecía a la carta y grabada en cedés vírgenes, a sus clientes. El acusado, José Luis G.V., tendrá que indemnizar a Promusicae con 6.799,32 euros por los daños infringidos a los titulares de los derechos de propiedad intelectual. También deberá pagar 4 euros diarios de multa durante 20 meses, y cargar con las costas del proceso, que incluye el comiso de los ordenadores y demás material utilizado para estas copias fraudulentas. La sentencia es firme y rectifica al juzgado de lo penal número 1 de Santiago, que hace un año había dictado una resolución absolutoria.
El presidente de la sección sexta, Ángel Pantín, considera probado que el perjuicio económico para los artistas y productores musicales “no ofrece discusión”, y rechaza por “inverosímiles” todas las tesis de la defensa, que el año pasado había dado por válidas la juez Rosa Collazo, titular del juzgado número 1 compostelano. La sentencia ahora divulgada “prohíbe la reanudación de la actividad ilícita” en el local sancionado e impone multa, indemnización y comiso de bienes a su titular.
CEDÉS Y CARÁTULAS
Los hechos juzgados se refieren al establecimiento O Copión, radicado en la calle Obispo Diego Peláez de Santiago. Desde su apertura, en 2001, el propietario descargaba ilegalmente y almacenaba en el disco duro de su ordenador grandes cantidades de música, así como las reproducciones de las carátulas correspondientes. En el momento de la intervención judicial, José Luis G.V. disponía de más de 35.000 canciones, que ofertaba a los clientes de la copistería. “En el local y a disposición del público”, dice la sentencia, “había listados [con los discos disponibles]. Los interesados rellenaban una hoja de pedido y pagaban el precio de la copia encargada, que era normalmente de 1,20 euros por CD”.
El sistema gozó de un notable éxito entre la clientela, como indica que la entrega “se realizaba a veces días después, a causa de la gran demanda existente”. Los investigadores encontraron una caja con 674 discos ya copiados “por encargo”.
En junio de 2002, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve; hoy Promusicae) remitió un burofax a O Copión advirtiendo sobre el carácter ilícito del negocio, pero su responsable hizo caso omiso a aquella comunicación. “El acusado”, resume la sentencia, “se proveía gratuita y masivamente de archivos musicales a través de Internet, y después, con ánimo de lucro, distribuía esas grabaciones entre la clientela, en la mayoría de los casos mediante la grabación, por él o su personal, de los archivos musicales en los CDs”.
”DESCARGAS DE CLIENTES” Una vez comprobado el sistema de encargos que regía en la tienda, el presidente de la sección sexta descarta por “inverosímiles” las disculpas del acusado. José Luis G.V. alegaba que “los archivos musicales y listas de fonogramas eran fruto de las descargas de música que llevaban a cabo los clientes”.
El pronunciamiento de la Audiencia Provincial coruñesa, fechado el 13 de noviembre, supone además un serio varapalo para la instancia judicial inferior. En su sentencia de diciembre de 2005, la magistrada Rosa Collazo no vio acreditado que los originales de los discos “no pertenecieran a los clientes que los copiaban”, ni encontró probado “que de cada disco se obtuviese más de una copia ni que fuese para un uso distinto al privado”. La titular del juzgado número 1 de lo penal deslizó incluso una alusión a que los libros o cedés originales “están cada vez más elevados de precio”.
El presidente de Promusicae, Antonio Guisasola, se felicita, en un comunicado emitido hoy, por la sentencia de la Audiencia Provincial, “que contribuye a poner justicia y sentido común en un caso flagrante de atropello a los derechos de los autores, intérpretes y productores musicales”. “En el caso de Santiago”, a juicio de Guisasola, “una vez más es una instancia jurídica superior la que tiene que corregir una sentencia disparatada”. El responsable de la asociación que agrupa a la mayoría de discográficas españolas se refiere a una sentencia reciente en Santander, también recurrida ante la Audiencia Provincial correspondiente, en torno a un internauta que ofrecía copias en CD-R de sus discos a través de foros de Internet y los remitía por mensajería y correo ordinario.
Nota puramente informativa.
Saludos.

