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Preguntas sobre modelo 036 y 037

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Antiguo 16/01/2011, 04:49
 
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Preguntas sobre modelo 036 y 037

Hola,

Estoy apunto de comenzar una actividad y por comenzar desde 0 sin clientes, no quiero estar pagando impuestos sin saber si tendré trabajo.
He estado leyendo sobre los modelos 036 y 037 y tengo algunas dudas.
- La primera es por cual de los modelos debería optar.
- La segunda es, que si al darme de alta puedo hacerlo en varias actividades. Por ejemplo, yo principalmente voy a diseñar webs y dar un servicio técnico informático. Pero a la vez voy a ofrecer instalaciones de red, videovigilancia, domótica, mantenimientos, alojamiento hosting y diseños de tarjetas de visita, logos, etc.
- La tercera es, que para mi plan de ventas, tengo pensado hacer paquetes variados como ofrecer una página web con alojamiento pero con una permanencia. Y también ofrecer diseños u otros servicios con pago a plazos con cuotas pequeñas. ¿Es posible? De ser así, ¿Debo contactar con abogados o hacer algún papeleo para poder ofrecer esas cuotas o permanencias?
- La cuarta y última pregunta es saber hasta cuanta cantidad puedo ganar para no salirme del módelo. He leido que era similar a la del salario mínimo anual, pero no estoy seguro.


Muchas gracias de antemano,
Saludos
  #2 (permalink)  
Antiguo 18/01/2011, 04:48
 
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Nadie sabe? :(
  #3 (permalink)  
Antiguo 18/01/2011, 16:00
 
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Te explico paso por paso a ver si conseguimos llegar a algo (que conste que no soy asesor, pero algo de experiencia tengo).

Cita:
Estoy apunto de comenzar una actividad y por comenzar desde 0 sin clientes, no quiero estar pagando impuestos sin saber si tendré trabajo.
Legalmente desde que ejerces una actividad económica o profesional debes darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social como trabajador autónomo. Recuerda que no puedes hacer factura sin estar dado de alta.

Cita:
La primera es por cual de los modelos debería optar.
La 037 viene a ser un resumen de la 036, al ser una forma simplificada. Puedes mirar ambos modelos y comprobar si con los datos que vas a aportar en el 037 es suficiente (por ejemplo, porque no vas a trabajar como operador intracomunitario).

Cita:
La segunda es, que si al darme de alta puedo hacerlo en varias actividades.
Por supuesto, en Hacienda te puedes dar de alta en las actividades que vayas a ejercer, en todas las que quieras. No por ello vas a pagar más a la Seguridad Social, ya que pagas tu cuota mensualmente obviamente sólo una vez. Recuerda que tus clientes te deben retener un 15% (un 7% durante los 3 primeros años creo recordar). En caso de ser una actividad económica en la que no haya retención, debes tributar trimestralmente (modelo 130) según ingresos-gastos.

Cita:
La tercera es, que para mi plan de ventas, tengo pensado hacer paquetes variados como ofrecer una página web con alojamiento pero con una permanencia. Y también ofrecer diseños u otros servicios con pago a plazos con cuotas pequeñas.
Tu puedes ofrecer todos los servicios y productos que desees. Pero en estos casos es mejor que tengas a mano contratos por los servicios que vayas a hacer o brindar, para que tanto tú como tu cliente esteis más seguros. No obstante, no hace falta que acudas a un abogado: en esta web tienes muchos modelos acordes con lo que vas a hacer.

Cita:
La cuarta y última pregunta es saber hasta cuanta cantidad puedo ganar para no salirme del módelo. He leido que era similar a la del salario mínimo anual, pero no estoy seguro.
Puedes cobrar todo lo que puedas y quieras que no te saldrás de ningún modelo. Eso del SMI es un mito, que se basa en que teóricamente puedes cobrar menos del SMI anual y no estarías obligado a pagar autónomos. Pero recuerda que si cobras es porque haces factura (debes estar dado de alta en Hacienda), y si estás dado de alta en Hacienda pueden cruzar datos con la Seguridad Social y éstos darte de alta de oficio, por lo que al final puedes deber una pasta sin tu saberlo (y todo por no hacerlo legalmente). Eso sí, si eres menor de 30 años recuerda que tienes una bonificación del 30% durante los primeros 15 meses, y luego por los siguientes 15 meses.

No existe una ley que así lo diga, sólo sentencias pero sin jurisprudencia bien definida, que luego a la hora de la verdad no te sirve.

Un saludo.
  #4 (permalink)  
Antiguo 19/01/2011, 10:30
 
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Hola,

Muchas gracias por tu respuesta, el tema es que he leido de algunos sitios como http://emprendeblog.es/general/pasos-a-realizar-en-la-agencia-tributaria-para-poder-facturar/ que no hace falta darte de alta como autónomo siempre que no sea una actividad habitual.
Por eso mi duda.

A ver que pasa al final y si me puedo acercar a alguna agencia a preguntar.
  #5 (permalink)  
Antiguo 19/01/2011, 10:36
 
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Cita:
Iniciado por Wikki Ver Mensaje
Hola,

Muchas gracias por tu respuesta, el tema es que he leido de algunos sitios como http://emprendeblog.es/general/pasos...oder-facturar/ que no hace falta darte de alta como autónomo siempre que no sea una actividad habitual.
Por eso mi duda.

A ver que pasa al final y si me puedo acercar a alguna agencia a preguntar.
Hola Wikki.

Efectivamente si no es una actividad habitual la ley (*) te dice que puedes no darte de alta como autónomo, pero aunque hayan sentencias que tengan en cuenta el periodo trabajado relacionándolo con el SMI anual, lo cierto es que para hacer facturas debes estar dado de alta en Hacienda, y si estás dado de alta en Hacienda como profesional o empresario la Seguridad Social te pedirá cuentas.

No debemos olvidarnos que ambas Administraciones cruzan datos, trimestralmente creo según leí una vez, por lo que cada vez es más difícil darse sólo de alta en Hacienda y no en la Seguridad Social.

Cita:
(*)Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo

La presente Ley será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Última edición por mabel-rich; 19/01/2011 a las 10:42
  #6 (permalink)  
Antiguo 19/01/2011, 11:16
 
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Vaya liada entonces.
Bueno según leo en ese blog con el alta en el modelo 036/037 se puede emitir factura. Siempre y cuando se apliquen las retenciones y se haga el iva trimestral y anual.

Igualmente me quedo con la duda de esos contratos para las financiaciones. Quizás en este año realice 2 o 3 páginas webs y aun así me gustaría que los clientes tengan la opción de pagarlas a plazos.
  #7 (permalink)  
Antiguo 19/01/2011, 11:45
 
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Hola Wikki :)

Fíjate que, en el ejemplo que dan en la página que expones, se trata de una persona que ya trabaja por cuenta ajena y cotiza a la Seguridad Social. Son casos distintos a una persona que trabaja sólo por cuenta propia, aunque realice trabajos esporádicos.

¿Tu caso es el mismo? De no serlo debes tener mucho cuidado con darte de alta en Hacienda y no en la Seguridad Social en el trascurso del mes, porque ambas Administraciones pueden cruzar datos y luego verte con la sorpresa de que le debes mucha pasta a la Seguridad Social al darte ellos de alta de oficio.

Te pongo un ejemplo:
Imagínate que mañana te das de alta en Hacienda, y al día siguiente no decides darte de alta en la Seguridad Social como autónomo. Pasan los meses, tu declaras tus ingresos y no hay problema. Pero, sin tu saberlo, el mes que viene Hacienda cruza datos con la Seguridad Social y los inspectores se dan cuenta que no te has dado de alta, por lo que ellos te dan de alta de oficio sin tu saberlo.

Pasado un año, te llega un aviso de la Seguridad Social en que le debes las cuotas de un año entero (unos casi 3.000€ en base a la cotización vigente en este 2011 y en que cotizas por cese de actividad y contingencias comunes).
Sé que no es fácil emprender en España, y más como están hechas las leyes. Lo que te recomiendo: acude a Hacienda y expón tu caso, y una vez te hayas dado de alta como profesional o empresario, acude a la Tesorería de la Seguridad Social y presenta un escrito como que estimas que no superarás el SMI. En unos 15 días te responderán si te eximen o no del pago de las cuotas.
  #8 (permalink)  
Antiguo 20/01/2011, 04:40
 
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Hola de nuevo,

La verdad que lo que dices es totalmente lógico. Pero se de freelances que hacen este tipo de trabajos sin estar dado de alta en autónomos o tener un contrato con la empresa.
Quizás sea de otra manera...igualmente iré esta tarde a preguntar a la agencia de aquí y que me lo aclaren ellos mismos.

En el caso de que se pueda hacer algún apaño lo posteo.

Gracias por la información!

Saludos
  #9 (permalink)  
Antiguo 20/01/2011, 07:08
Avatar de andrescrea  
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Respuesta: Preguntas sobre modelo 036 y 037

Cita:
iré esta tarde a preguntar a la agencia
Si agencia es = a organismo oficial... por la tarde... umm.. te atenderá el "segurata" jje

Bueno lo que algunos hacen es:
- cobrar en B
- facturar un mes o dos, y solo esos meses te das de alta, por ejemplo un mes en la primera mitad y otro en la segunda mitad del año.
- si es una empresa pequeña que no tiene contabilidad electronica y es un trabajo puntual arriesgarte

Etiquetas: modelo
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