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Herramientas Desplegado
Antiguo 31-mar-2008, 02:01   #1 (permalink)
ivanin87 ha deshabilitado el karma
 
Fecha de Ingreso: marzo-2008
Ubicación: León
Mensajes: 9
Enviar un mensaje por MSN a ivanin87
Dudas

Hola, tengo un par de dudas al respecto de los negocios por internet. Yo soy bastante aficionado a vender mis pertenencias por eBay o a sacar dinero de sitios de internet, casas de apuestas, dinero por email...etc y queria saber si todo esto deberia de indicarse al realizar la Declaración de la Renta o algo por el estilo.

Un saludo!!
ivanin87 está desconectado   Responder Citando
Antiguo 03-abr-2008, 04:35   #2 (permalink)
ICEF ha deshabilitado el karma
 
Fecha de Ingreso: abril-2004
Ubicación: madrid
Mensajes: 246
Re: Dudas

Buenos días,

La respuesta es depende. Respecto a ebay, si vendes un cohe de segunda mano la transacción queda registrada tanto en el pago de hacienda como en el registro de tráfico. Respecto a las apuestas, no lo hagas, porque a fecha de hoy están prohibidas, en España, y las casas de apuestas declaran los ingresos en el país donde tienen la licencia -Reino Unido, Malta, Ginebra, Irlanda, etc.- por lo que podría ser considerado contrabando tu actuación o ingresos obtenidos.

Saludos
__________________
ICEF Consultores
www.icefconsultores.com
ICEF está desconectado   Responder Citando
Antiguo 03-abr-2008, 09:35   #3 (permalink)
Colaborador
3pies tiene algunos puntos positivos de karma
 
Avatar de 3pies
 
Fecha de Ingreso: diciembre-2003
Ubicación: Desde una destilería
Mensajes: 1.794
Re: Dudas

Debes declarar todo en tu IRPF, con independencia del origen de los ingresos. A pesar de que las apuestas no están reguladas en España (aunque hoy a mediodía en "Cuatro", he escuchado que en Madrid y el País Vasco están reguladas -cosa que me suena rara, porque me extraña que las CCAA tengan atribuidas facultades para ello-, y que hay una empresa llamada "Victoria" que va a abrir oficinas reales -no virtuales-, para que la gente apueste, como si fuesen centros de ocio, o si quieren apostar e irse, como hacen los despachos de lotería), los rendimientos procedentes de premios en apuestas se consideran incrementos de patrimonio. Es más, en mi opinión deberían haberte hecho una retención en la fuente, a cuenta del IRPF, tal y como establece el art. 75 del reglamento del IRPF.

Salu2

PD: A Al Capone no lo pillaron por ganster, pese a llevar una vida totalmente fuera de la ley, sino que fue Hacienda quien le echó el guante encima, por no declarar todos sus ingresos.
3pies está desconectado   Responder Citando
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