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kenso 12/05/2008 19:17

Si es cierto que puedo mostrar ANIME en mi pagina si...??
 
bueno estoy haciendo una pagina que en la ke kiero mostrar anime en tiempo real no para bajar si no para que vean ahi los videos en mi pagina directo. y pos segun lo que me dijieron para que no me ballan a demandar o nose que no mas les pusiera subtitulos alos capitulos y ya que de esa forman o me ivan a poder hacer nada, eso es cierto?? puedo subir anime o no??? y si si como lo puedo hacer de forma legal??? sin que me friegen por las licensias?? o no se , alguien que me hacesore??? desde ya graicas

www.funtanas.com

Lerkitep 13/05/2008 00:39

Re: Si es cierto que puedo mostrar ANIME en mi pagina si...??
 
Los Anime son obras protegidas por el derecho de autor, así que se protegen como las demás obras, es decir durante toda la vida de su autor + 70 años tras su muerte (art 26 de la ley de Propiedad Intelectual). Como son obras audiovisuales, el plazo de protección se computa desde la muerte del ultimo coautores (Los coautores son/ El director-realizador, los autores del argumento, la adaptación y los del guion o los diálogos, y los autores de las composiciones musicales creadas especialmente para esta obra - art 87 de Ley de Propiedad intelectual (LPI))

Para mostrar Anime en tu pagina, tienes que pedir dos autorizaciones a los autores o titulares de los derechos: La autorización de reproducirlas para que puedas subirla en tu servidor de alojamiento (art 18 de la LPI) y la autorización de comunicarlas públicamente, o, mejor dicho la autorización de ponerlas a disposición del publico (art 20.2.i de LPI). Son dos autorizaciones imprescindibles aunque lo visitantes de tu sitio no pueden bajar los animes....

Volksau 13/05/2008 04:51

Re: Si es cierto que puedo mostrar ANIME en mi pagina si...??
 
que tal, como bien señala Lerkitep se debe solicitar autorización al titular de los derechos, en este caso el Productor de la obra audiovisual (anime) incluso para el caso del subtitulado ya que se entienden cedidos por los Autores de conformidad con el Art.88 LPI los derechos de reproducción, comunicación pública y distribución, así como los de doblaje o subtitulado de la obra, por lo que no podrías simplemente alterar la obra y ya con eso no tener problemas futuros; yo creo que aún así debes solicitar la correspondiente autorización.


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