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Antiguo 11/03/2005, 03:03
ICEF
 
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Buenos días,

El IVA repercute de la siguiente forma:

Comercio Electrónico. Dentro de la UE siempre se repercute el porcentaje del residente, es decir, si te compran un juego desde Alemania, tienes que repercutirle el Impuesto de Alemania. Esto solamente para el caso de particulares, con la condición de facturar hasta un determinado tope, si lo superas tienes que atenerte a la normativa Alemana. Para el caso de empresas, estás exento, puesto que se considera exportación, y tienes que rellenar el modelo 349. Para fuera de La UE no tienes que repercutir IVA.

Comercio normal, es decir, pones a la venta un juego, pero envias el juego por correo. Debes alplicar el IVA del país desde el cual lo vendes, en este caso España -16%-. De la misma forma, dependiendo de la facturación, si pasas un tope tienes que atenerte a la legislación del país al cual le has facturado. Para empresas se considera exportación y está exento de IVA, rellenas modelo 349. Para fuera de los EE.UU. también estás exento de IVA.

Un saludo cordial
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