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Antiguo 14/12/2005, 05:58
ICEF
 
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Para solicitar una marca, no es necesario realizar un informe previo, simplemente habrá que comprobar si actualmente existe alguna marca que pueda ser parecida o similar en el mercado, así como si la marca que intentas solicitar cumple con los requisitos de la Ley de Marcas, entre otros, que distinga los productos o servicios del mercado.

El informe previo es un documento que puede presentar un despacho de abogados al cliente pra que quede constancia de la consulta y el estudio realizado. Nosotros siempre realizamos el mismo, si bien no es obligatorio.

Así mismo, dependiendo de la marca que quieras solicitar habrá que concretar los servicios o productos para los cuales la solicitas, así como si se realiza alguna reinvindicación sobre la misma; color, denominación, etc.

Una vez que se han realizado dichos pasos, se pasa a cumplimentar la solicitud de registro del signo distintivo en cuestión, pagando la tasa correspondiente y realizando el asiento ante el registro correspondiente que pasará a evaluar la solicitud de forma previa, si incurre en errores remitirá notificación para subsanación y si no tiene errores publicará la misma en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial para que cualquier tercero que pueda considerar que sus derechos se encuentre perjudicados pueda realizar las oportunas oposiciones, que si se dieran habría que responderlas.

Bueno, espero que aunque de forma generalizada haya podido resolverte algunas dudas.

Un saludo.

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Última edición por Apolo; 14/12/2005 a las 10:25