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  #2 (permalink)  
Antiguo 11/01/2006, 18:29
xor2323
 
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Jejeje a ver vamos por pasos.

Cualquier actividad económica (intercambios) lo valores tu como un favor pagado o como una contratación de un servicio (este es tu caso ) debe ser legal.

Tu estás ofreciendo un servicio, por lo que deberías de darte de alta como empresa (quizá como autónomo puedes, ahi no lo tengo claro). Si lo creas como empresa significa tener que cobrar iva (facturar), pagar los impuestos sobre beneficios,... un lio. Si te haces autónomo tienes que pagar también seguridad social y demás.

Eso si, si tus beneficios anuales son inferiores a 3.000 € solo tienes que facturar (cobrar iva) y pagar el irpf o algo asi, un impuesto no muy grande. Lógicamente de los ingresos hay que restar los costes y de ahi te saldrán los beneficios.

Volvamos a la realidad si tu te dedicas a hacer favores a cambio de alguna remuneración y tienes tu cuenta de reventa y tal, yo creo que tampoco hace falta normalizarlo. Vamos a ver, estás cometiendo un acto ilegal, pero es lo de siempre, dudo que hacienda te investigue por pocos miles de euros, eso si, si tienes problemas con clientes la cosa se puede poner 1 poco más negra...

saludos