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Antiguo 13/02/2006, 06:12
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Iniciado por josemague
Buenas.



Sí, estamos de acuerdo, de esta forma podría recuperar los datos tal y como estaban el día anterior por la noche, momento en que hacemos las copias de seguridad y las guardamos en un armario ignífugo.

Sin embargo, los cambios efectuados en dichos datos desde que terminó la copia hasta que se produjo el incendio (lagarto, lagarto... ) los habría perdido. A esto me refería con la imposibilidad de cumplir la ley totalmente, pues requiere que los datos sean "reconstruidos en el estado en que se encontraban al tiempo de producirse la pérdida o destrucción".

Por eso me parece que la ley es bastante poco real... es cierto que se pueden montar sistemas de redundancia externos mega-atómicos que repliquen los datos de una forma mucho más continua que una copia de seguridad, pero también es cierto que somos muchos los que no podríamos ni siquiera planteárnoslo, por la complejidad y coste que conllevan.

Un saludo.

No es necesario tener ningún armario ignifugo, sólo tienes que tener las copias de seguridad en lugar diferente donde tengas el sistema informático.

La ley es muy realista en cuanto a copias de seguridad, que es lo mínimo que pide que se realice, ten en cuanta que la ley habla de mínimos, osea que de lo que impone la ley se puede hacer varias cosas más.

Si además de realizar y mantener correctamente tus copias de seguridad, lo cual esto garantiza la recuperación de los datos ¿es realista la ley?, quieren tener los datos en otro lugar en tiempo real, eso no se llama copia de seguridad, eso se llama duplicación del centro de datos.

Tampién puedes optar por tener un espejo de tu información casi en tiempo real, como vés hay varias formas de tener soluciones.

Pero lo más importante de todo es que el sistema que elijas se encuentre en OTRO LUGAR diferente de donde está el sistema informático,