Ver Mensaje Individual
  #3 (permalink)  
Antiguo 05/05/2008, 03:26
ICEF
 
Fecha de Ingreso: abril-2004
Ubicación: madrid
Mensajes: 315
Antigüedad: 20 años
Puntos: 8
Re: publicidad engañosa

Buenos días,

La línea de atencion al cliente ha de ser gratuita, al menos para servicios financieros y con el Nuevo Reglamento de Protección de Datos también, al menos para ejercitar derechos. Así mismo, la nueva LSSI obliga a esas compañias a disponer de un servicio telemátivo gratuito para poder reclamar y que conste la reclamación, también gratuito. Creo que ese carácter gratutito es obligatorio para este tipo de servicio segíun el artículo 104 Real Decreto 44/2005.

Por lo tanto, todos estos servicios han de ser gratutito y tienen obligacion de darte numeración de la reclamación y justificante de la misma para poder efectuar la reclamaciones. Para poder reclamar, primero léete el contrato que firmaste ahí vendrá los pasos para poder reclamar, si no recuerdo mal, primero es ante la propia compañía, si no te contestan o la contestación no es la que te satisface puedes reclamar ante la Oficina de Consumidores, ante Junta Arbitral de Consumo y ante la Secretaria de Estado de las Telecomunicaciones.

Un saludo
__________________
ICEF Consultores
www.icefconsultores.com