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Antiguo 01/03/2009, 13:48
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3DFILE
 
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Información Respuesta: Sobre el concepto de habitualidad, los freelances y el alta en autonomos

Cita:
Iniciado por andrescrea Ver Mensaje
Lo que dice 3DFILE no se corresponde con la realidad, su argumentación es coherente y tal vez debiera ser así, pero no lo es.

La conclusión es ERRONEA y no se ajusta a la realidad legal de España.

Ya existen multitud de temas abiertos sobre este asunto, perfectamente explicados.
No se que manía de abrir una y otra vez los mismos temas.
Hola Andrescrea, de nuevo, hacia tiempo no entraba en el foro.
Sobre el hilo que abrí, puntualizar que no me lo he inventado un servidor, no se me ocurriría así perder el tiempo. Lo expuse aquí porque me asesoré personalmente con un técnico de la Agencia Tributaria al cual le pregunté largo y tendido porque el tema me interesaba. Creí conveniente exponerlo aquí por si fuese del interés de alguien.
Lo de los 3000 famosos euros es una leyenda urbana, pero creada, como todas las leyendas, sobre un trasfondo cierto. A nivel juridico-economico me explicó el funcionario del ministerio, el baremo que se usa es el del SMI. No es un cuento, ni nada por el estilo. De ahí el ya conocido nivel nivel de las antiguas 500.000 pesetas, o 3000 euros que la gente por el boca a boca tomó como referencia en el tema de las facturas particulares por persona y año. En realidad era incluso mayor. El salario minimo interprofesional ha ido subiendo poco a poco, y hasta que no se alcanzase una facturación del orden de ese muy antiguo y desfasado medio millón de pesetas, Hacienda, hablando popularmente, hacia la vista gorda, cosa que me aclaró que nunca sucede, sino que el usuario no alcanza el SMI.
Todos conocemos a alguien, y es mi caso, me dijo el tecnico, que nos cuenta que facturó una factura a fulanito por 2000 euros por ejemplo, y que Hacienda no le dijo nada, salvo la indicación por carta de devolver el iva correspondiente cobrado en su declaración de la renta (o al trimestre siguiente de la factura) y nada más, y respiraban de alivio....lo que desconocen es que pueden facturar perfectamente legal un montante anual como topoe el SMI, 72oo euros/año, devolviendo bien trimestralmente o en la declaración anual el IVA correspondiente. A partir de ese limite del SMI, HAcienda, me puntualizó, exige lógicamente, el alta en el RETA, registro de autonomos, porque, con mucha razón, factura como mínimo el SMI, lo que representa habitualidad en tu actividad.
Me comentó las mil y una historias que la gente comenta y le cuenta, sobre ese concepto de habitualidad, que si se deben facturar tantas horas, etc... todos son tonterías amigablemente me resaltaba, porque no recuerdan algo que resulta fundamental: Hacienda es una institución de caracter económico, y los límites, normas y baremos son de esa naturaleza. La habitualidad no se justifica a ellos, en base a criterios horarios. Sonrien a ese respecto. Para eso tienen claro limites economicos claros y concisos.
Le comenté que porque no exponían esto de forma clara y abierta, ya que es un tema harto interés y me contestó que las politicas de difusión del ministerio no la s lleva él, pero que entiende se debería hacerse. También aproveché para aclararle que no existe, aunque resulte increible, una homogeneidad, cuando hablas con un funcionario (y no solo en Hacienda). Da la sensación que si vas a preguntar y te toca los dos o tres por oficina que saben del tema y se lo curran bien, pero el resto, o no sabe, o no contesta, o peor, te mal informan.
Hay de todo en la viña del señor me dijo, y no podemos estar de cada uno con una lupa a ver que dice o como lo dice.

Bueno, disculpa el tostón y espero sea útil la puntualización.

Saludos.

Última edición por 3DFILE; 01/03/2009 a las 14:00