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Antiguo 26/05/2009, 09:08
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-Defero-
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Respuesta: Cliente que no paga

¿Está alojado por ti y le estás prestando el servicio, o tú te limitaste a darle de alta en el servicio y subírselo todo a Internet?

Si es lo primero, se entiende que aún estás prestando el servicio, por lo que puedes, según el art. 1124 CC, resolver el contrato por incumplimiento. Es decir, es perfectamente legal que dejes de cumplir tu obligación del contrato si previamente él ha incumplido.

Si es lo segundo, se entiende que se trataba de un contrato de obra en el que ya cumpliste tu parte. El hecho de que tengas acceso al alojamiento no quiere decir nada. En ese caso, entiendo que no puedes cortarle el acceso al servicio de un tercero cuya contratación tú gestionaste. Lo único que te queda es reclamarle el dinero por vía judicial.

¿De cuánto dinero estamos hablando? Según el importe, quizás te interese iniciar un monitorio, en el que no es necesario abogado ni procurador. Pero ten en cuenta que es muy probable que derive en un procedimiento declarativo ordinario o verbal, en el que tendrás que llevar abogado si el importe reclamado supera los 900 euros.
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