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Antiguo 09/03/2011, 11:39
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freegirl
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Respuesta: ¿algun tipo de negocio web no amenazado por la LSSI y la LOPD?

Yo creo que se han mezclado en el post hasta tema de hacienda jeje

LOPD:

Tened en cuenta que uno no va a aplicar la normativa e inscribir el fichero cuando ya has tratado el dato...Aunque sólo trabajes con empresas.

Como dirían las abuelas y las madres: más vale prevenir que curar.

LSSI:

Cita:
[6] ¿Cuándo se entiende que una página web representa una "actividad económica" para su titular?
Cuando éste percibe ingresos directos (por las actividades de comercio electrónico que lleve a cabo a través de la página, etc.) o indirectos (por publicidad, patrocinio, etc.) derivados de su página web, con independencia de que éstos permitan sufragar el coste de mantenimiento de la página, igualen esa cantidad o la superen.
Cita:
[8] Dispongo de una página web personal, pero para financiar gastos tengo alojados "banners" u otros medios de publicidad. ¿En qué me afecta la nueva Ley?
La Ley es de aplicación a las páginas web que ofrezcan mensajes publicitarios por los que el titular de la página perciba algún ingreso. Sin embargo, los únicos requisitos que establece la Ley en cuanto al contenido de las páginas de Internet consisten en incluir una información básica en la página web del prestador. Para una página web personal, la información que debe facilitarse es la siguiente:
  • Su nombre
  • Domicilio (indicando, al menos, la localidad y provincia de residencia)
  • Dirección de correo electrónico.
  • NIF
  • Cualquier dato que permita establecer una comunicación directa y efectiva, como podría ser, por ejemplo, un teléfono o un número de fax.
  • Los códigos de conducta a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.
La publicidad que se muestre en la página web deberá ajustarse a lo establecido en la Ley, la cual obliga a identificar al anunciante y a presentarla de manera claramente distinguible de los contenidos no publicitarios de la página. Así mismo, deberán respetarse las restantes normas sobre publicidad, recogidas en otras leyes.
Cita:
[5] ¿Cuáles son las obligaciones que la Ley impone a una empresa que disponga de una página web propia a través de la que comercializa sus productos o servicios?
Las obligaciones de los prestadores de servicios que realicen actividades económicas a través de Internet se concretan en dos grupos: obligaciones de información y obligaciones en relación con la contratación on-line. Por lo que se refiere a las obligaciones de información, la empresa debe incluir en su página web información básica que permita a los usuarios identificar quién es el titular de dicha página. La información básica que se debe facilitar es, en síntesis, la siguiente:
a. Su denominación social, NIF, domicilio y dirección de correo electrónico, así como cualquier otro dato que permita una comunicación directa y efectiva, como por ejemplo un teléfono o un número de fax.
b. Datos de inscripción, en el caso de que la empresa esté registrada en el Registro Mercantin o en cualquier otro registro público.
c. Información sobre el precio de los productos, indicando si incluye o no los impuestos aplicables, gastos de envío y cualquier otro dato que deba incluirse en cumplimiento de normas autonómicas aplicables.
d. Los códigos de conducta a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.
e. En los casos de que su actividad este sujeta a autorización previa o ejerza una profesión regulada, deberá informar a los usuarios sobre los siguientes aspectos:
http://www.mityc.es/dgdsi/lssi/faqs/Paginas/Index.aspx

Cita:
Iniciado por andrescrea
Por otra parte la LOPD también interviene en las relaciones B2B.
en??

una cosa es la LOPD y otra la AEPD. Supongo que te refieres a la Agencia, no a la ley de protecciónde datos personales....Entre empresas se meterá por la LSSI no por datos personales entre ambos, porque recordemos que lo anterior
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Saludos