Gracias por el enlace, freegirl, aunque tras leer esa información me queda una duda. El párrafo más aclaratorio dice:
Cita: Los interesados pueden en todo caso oponerse a la remisión de la propaganda electoral no solicitada. Esto es, los derechos previstos en la lopd para los interesados,( derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición), siguen estando presentes a pesar de época de elecciones.
Ahora bien ¿a quién hay que dirigir la petición de no envío? ¿Al Ayuntamiento como responsable del censo? ¿A la Junta Electoral? ¿A cada partido político?