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Antiguo 07/06/2011, 05:37
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Cita:
Iniciado por hucasys Ver Mensaje
Jaja, sí, muy bueno, el único problema es que usando la regla de tres te da:

94 = 100%
7.07 = x

7.07*100/94 = 7,521276595744680851063829787234

jeje, pequeño detalle....

;)
El problema es que planteas mal la cuestión.

La regla de tres no es esa, porque te has hecho un lío:

94 = 100%
7.07 = x

Lo correcto es esto:

94 = 93%
x = 100%

Es decir, tú a una cifra X, le quitas el 7% de IRPF, y lo que te queda es el 93% restante, es decir el líquido. Por tanto, la regla de 3 es:

94 = 93%
x = 100%

Por lo que x = 101,07

Ahora, como bien dice freegirl, que es más joven que yo, aunque también estudiara EGB ¿cómo determinamos la base imponible, sabiendo que el IRPF es el 7% y el IVA es el 18%?. Y encima, un tributo es negativo (no lo cobramos, sino que lo ingresa el deudor por cuenta nuestra, en Hacienda), mientras que el otro es positivo, por lo que lo ingresamos nosotros directamente en Hacienda, una vez deducido el iva soportado del trimestre.

Por ejemplo, ¿como obtenemos la base imponible de una factura de la que queremos cobrar un importe líquido (importe neto) de 1.000 euros, sabiendo que esa base imponible está sujeta a una retención a cuenta del IRPF del 7% y que está gravada al 18% de IVA?. (La pregunta es tan larga, que casi me he quedado sin aire al formularla).

Pues eso, a ver si con lo aprendido en este hilo, el amigo hucasys es capaz de resolverlo (sin que le quede para septiembre, claro).

Saludos.