NO puedes enviar publicidad (ni que sea 1 solo email) si no han dado previamente el consentimiento expreso. En las propias FAQ's de la web LSSI te explican algo más detallada esta parte.
La cuantía de la sanción irá en relación al nº que hayas enviado.
http://www.mityc.es/dgdsi/lssi/faqs/...icaciones.aspx
[...]Se permite el envío de mensajes publicitarios o comerciales por correo electrónico a aquellos usuarios que previamente lo hubieran solicitado o autorizado de forma expresa. No obstante, se permite el envío de comunicaciones comerciales a aquellos usuarios con los que exista una relación contractual previa, en cuyo caso el proveedor podrá enviar publicidad sobre productos o servicios similares a los contratados por el cliente.[..]