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Antiguo 17/01/2005, 17:15
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Iniciado por m_sassa
disculpenme, pero en las FAQ´s no encontre nada de eso, cosa que me parecio raro, pero no encontre nada, y lo lei 2 veces.
Gracias
No revisaste bien.



¿Cómo registro un dominio bajo .org.ar si el organismo es sin fines de lucro, pero no cuenta con personería jurídica?
El Artículo 46 del Código Civil establece que:

"Las asociaciones que no tienen existencia legal como personas jurídicas, serán consideradas como simples asociaciones civiles o religiosas, según la finalidad de sus estatutos. Son sujetos de derecho, siempre que la constitución y designación de autoridades se acredite por escritura pública o instrumentos privados de autenticidad certificada por escribano público."

En relación a ello y luego de completar el formulario de registro, deberán presentar fotocopia legalizada de esta documentación remitida en mano o por correo postal a NIC Argentina. La documentación queda sujeta a evaluación y de corresponder el dominio será otorgado al organismo en cuestión.