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Pregunta para los que ya son Autonomos

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  #1 (permalink)  
Antiguo 11/01/2005, 05:27
Avatar de freegirl
Colaborador
 
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Pregunta para los que ya son Autonomos

Hola!

Es verdad que darte de alta en la S.S, se debe hacer a los 30 días naturales de haberte dado de alta del IAE?

Osea, que si te das de alta del IAE el 3 de Marzo, el día 2 de Abril vas a darte de alta en Autónomos, pero ellos te dan de alta en el mes anterior (febrero) porque ya comenzaste la actividad, osea que te cobran el mes de Febrero y Marzo?

Y si sólo quieres darte de alta para un mes, porque es una trabajo puntual, te cobran los dos meses?


saludos!
  #2 (permalink)  
Antiguo 11/01/2005, 05:43
Ex Colaborador
 
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Hola,

¿No sera que tienes un maximo de 30 dias? Es decir, que te puedes dar de alta en autonomos al dia siguiente de darte en el IAE.

Saludos.
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Josemi

Aprendiz de mucho, maestro de poco.
  #3 (permalink)  
Antiguo 11/01/2005, 05:47
Avatar de freegirl
Colaborador
 
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ostras, pues va a ser eso, porque es más lógico



Gracias Josemi!
  #4 (permalink)  
Antiguo 11/01/2005, 06:32
 
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Por lo que yo tengo entendido cuando te das de alta en Seguridad Social te miran la fecha del alta del IAE con lo cual debería ser simultaneo y por tanto pagarías desde el momento en que te has dado de alta en el IAE. Sin embargo parece ser que si tú te das de alta en el IAE con una actividad determinada, y por ejemplo a los cuatro meses solicitas un nuevo alta en el IAE con otra actividad distinta la seguridad social considerará esa segunda alta como la válida y no te cobrará los cuatro meses anteriores.
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  #5 (permalink)  
Antiguo 12/01/2005, 05:09
 
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Sasto, es como dice josemi. Tienes 30 días para darte de alta en la seguridad social desde que te distes de alta en el IAE.
  #6 (permalink)  
Antiguo 12/01/2005, 14:29
Avatar de pereztroff  
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Cita:
Iniciado por excimit
Sasto, es como dice josemi. Tienes 30 días para darte de alta en la seguridad social desde que te distes de alta en el IAE.
¿pero durante ese periodo de tiempo se puede vender o facturar a los clientes?
  #7 (permalink)  
Antiguo 13/01/2005, 14:52
 
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No puedes vender ni facturar a los clientes si no estás dado de alta en autónomos porque vender ya implica un inicio de actividad. Y aunque tengas 30 días para darte de alta en seguridad social, según tengo entendido el primer recibo de autónomos inevitablemente irá con fecha del alta de IAE con lo cual si te diste de alta al IAE en febrero y en autónomos en marzo, éste irá con fecha del alta y tendrás que pagar los dos meses.
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