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Comisiones, se puede?

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Antiguo 22/09/2006, 06:06
Avatar de kennyhp  
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Comisiones, se puede?

Hola a tod@s,
tengo una duda legal, a ver si me podéis ayudar.
Quiero crear una web donde los usuarios puedan vender sus videojuegos usados online, el sistema sería parecido a Ebay, osea que yo no cobro ni participo en las ventas de los juegos, todo lo haran entre los usuarios.
Ahora bien, he visto que en ebay cobran un 3% de comisión sobre producto vendido y me gustaría hacer lo mismo, y no se como va esto.
¿Ebay hace facturas de esta comisión? ¿como se cobra? ¿puedo cobrarlas sin ser empresa?
  #2 (permalink)  
Antiguo 24/09/2006, 03:37
 
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Claro que puedes cobrar por comisiones y sin ser empresa.

Pero lógicamente tienes que estar legal:

1. Darte de alta de autónomo.
2. Darte de alta en hacienda.
3. Generar facturas (aunque sea de un euro).
4. Declarar todo el dinero.

Si cobras, has de pagar a hacienda.
  #3 (permalink)  
Antiguo 24/09/2006, 10:46
Avatar de elquique  
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En el caso de los que cobran adsense en españa todos estan dados de alta en autonomo ??
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  #4 (permalink)  
Antiguo 24/09/2006, 12:39
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Iniciado por elquique Ver Mensaje
En el caso de los que cobran adsense en españa todos estan dados de alta en autonomo ??
Muy buena pregunta.

Seguro que no lo están, pero la responsabilidad es del que cobra y no de eBay. Al ser pequeñas cantidades no suele pasar nada, pero ESO NO SIGNIFICA que sea legal.


Saludos
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Antiguo 24/09/2006, 14:31
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Cita:
Iniciado por Ocrum2004 Ver Mensaje
Claro que puedes cobrar por comisiones y sin ser empresa.

Pero lógicamente tienes que estar legal:

1. Darte de alta de autónomo.
2. Darte de alta en hacienda.
3. Generar facturas (aunque sea de un euro).
4. Declarar todo el dinero.

Si cobras, has de pagar a hacienda.

Que costos iniciales y mensuales o anuales tiene esto en españa ??
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  #6 (permalink)  
Antiguo 25/09/2006, 04:01
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Iniciado por elquique Ver Mensaje
En el caso de los que cobran adsense en españa todos estan dados de alta en autonomo ??
Una cosa es lo que hace la gente y otra cosa es si es legal.

saludos
  #7 (permalink)  
Antiguo 25/09/2006, 04:24
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Iniciado por elquique Ver Mensaje
Que costos iniciales y mensuales o anuales tiene esto en españa ??
La cuota mínima en la Seg.Social es de 165 € aprox si eres menor de 30 años y es tu primera alta, y sino 200€ aprox. Esta es la cotización mínima.

Luego las declaraciones a Hacienda te pueden salir a devolver o a ingresar, por lo cual no hay cuota fija a pagar.



saludos
  #8 (permalink)  
Antiguo 25/09/2006, 05:09
Avatar de elquique  
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Si claro es obvio eso que una cosa es lo legal y otra cosa es lo que se debe hacer, pero preguntaba porque en el foro jaja siempre me queda le impresion de que los españoles son los unicos legales del mundo por la forma en que dicen las cosas y como tiran las leyes y demas.

Igualmente es interesante el dato del costo, o sea que al darse de alta son 165 o 200 y luego mensualmente algo variable.

Mi pregunta era para ver si era coherente legalizar en españa a quien cobra adsense, u otro tipo de servicio por el estilo que de pronto le genera 100 euros mes (con suerte) y claro como que no dan los costos.

Igualmente en Uruguay ser lo que ahi le llaman autonomos sale 165 por mes :) cobres, no cobres, factures no factures igual pagas y bueno asi es como la mayoria no esta legal ya que no superan esos montos minimos para costearse.
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  #9 (permalink)  
Antiguo 25/09/2006, 05:40
 
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En España mientras no superes los 3000 euros anuales no hay problemas, pero si lo superas ve preparando los papeles.
  #10 (permalink)  
Antiguo 26/09/2006, 04:17
Avatar de freegirl
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Teóricamente no hay problemas si no te pillan :p Hay casos que por mucho menos han sido pillados. Con sólo que hagan una inspección a la empresa que facturas...

saludos
  #11 (permalink)  
Antiguo 26/09/2006, 05:23
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Iniciado por Ocrum2004 Ver Mensaje
En España mientras no superes los 3000 euros anuales no hay problemas, pero si lo superas ve preparando los papeles.
¡¡¡Meccccc!!!!. Respuesta incorrecta.

Creo que confundes eso, con la anterior ley del I.R.P.F., donde estaban exentos los incrementos de patrimonio que no superasen las 500.000 ptas. anuales.

O quizás te refieras al hecho de que no lo pillen en Hacienda, si factura menos de 3.000 euros. pues su cliente no lo va a declarar en el modelo 347 (operaciones de más de 3.005,06 €).

En cualquier caso, problemas con Hacienda, puede tenerlos siempre, si no regulariza su situación.

Salu2
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