Foros del Web » Estrategias Digitales y Negocios Online » Temas legales »

¿Como hacer una red social legalmente?

Estas en el tema de ¿Como hacer una red social legalmente? en el foro de Temas legales en Foros del Web. Hola estoy a punto de subir una proyecto web que es parecido a una red social,con un sistema de registro de usuarios, en el que ...
  #1 (permalink)  
Antiguo 28/12/2011, 08:33
 
Fecha de Ingreso: septiembre-2010
Mensajes: 43
Antigüedad: 13 años, 6 meses
Puntos: 0
¿Como hacer una red social legalmente?

Hola estoy a punto de subir una proyecto web que es parecido a una red social,con un sistema de registro de usuarios, en el que los usuarios pueden publicar sus datos personales, y mis dudas son las siguientes:
Yo estoy en el paro,no trabajo ni estoy dado de alta y no tengo ningun tipo de trabajo, pero tengo un familiar que está como autónomo relacionado con la informática,y no le importaría que figurase a su nombre..
¿tendría que registrar la web en algun sitio?.
Por el momento esta página web no me va a reportar ningún beneficio económico, hasta que vea interesados en anunciarse en ella y no emitiría ninguna factura ni nada,hasta ese momento..
¿es necesario estar como autónomo o Sociedad Limitada?

Por otro lado en cuanto a la Ley de Protección de Datos,¿Cómo puedo registrarla?

Muchas Gracias
  #2 (permalink)  
Antiguo 28/12/2011, 14:14
Avatar de eryca  
Fecha de Ingreso: febrero-2011
Mensajes: 233
Antigüedad: 13 años, 2 meses
Puntos: 59
Respuesta: ¿Como hacer una red social legalmente?

Hola sreon,
En relación a las preguntas que formulas, comentarte, que en principio y puesto que tu web no te va a generar ningún tipo de beneficio económico, no necesitas estar dado de alta como autónomo, pues no emites factura alguna al no tener ingresos.

Al hilo de lo anterior, no vienes obligado al cumplimiento de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, que resulta de aplicación a todos aquellos prestadores de servicios (titulares de páginas web), que obtienen beneficios de forma directa (servicios o productos ofrecidos en la web) o indirecta (publicidad).

Ahora bien, tan pronto como recibas algún tipo de beneficio por las actividades de la web, debes darte de alta en autónomos y cumplir con la normativa dispuesta en la LSSICE.

Por lo que respecta, al cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos, debes cumplirla, pues recoges datos personales (usuarios registrados). El cumplimiento de las disposiciones de esta LO resulta independiente de que percibas o no beneficios económicos. Su cumplimiento se traduce:
1. Informar de ello expresamente mediante un texto en la web.
2. Inscripción de los ficheros de datos personales en la Agencia Española de Protección de Datos.
3. Redactar unas medidas de seguridad adecuadas a los datos personales que tratas o recoges.

Te sugiero, dada tu actual situación, entres en la página web de la Agencia Española de Protección de datos, en la que encontrarás información al respecto. Para cualquier duda, siempre puedes llamar y te atenderán. El proceso de inscripción es gratuíto y puedes realizarlo de forma telemática.

Finalmente, la web no tiene que registrarse en ningún organismo o administración. Resultaría conveniente, quizas en un futuro, que te plantearas proteger el nombre de la red social como marca.

Una cosa más, en algún lugar visible de la web o en el texto relativo a la política de privacidad, deja constacia de un lugar cierto, teléfono o email en el que se te pueda localizar. Te aconsejo, que de igual manera, publiques en la web unas condiciones de uso del portal, esto es, unas norma de utilización de la red social y del "comportamiento" que han de tener los usuarios registrados.
__________________
Artículos informativos sobre propiedad industrial, intelectual y nuevas tecnologías

http://convelia.com

Etiquetas: agpd, ley, lopd, proteccion, autonomo
Atención: Estás leyendo un tema que no tiene actividad desde hace más de 6 MESES, te recomendamos abrir un Nuevo tema en lugar de responder al actual.
Respuesta




La zona horaria es GMT -6. Ahora son las 23:31.