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Duda sobre Ley LSSI

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Antiguo 25/01/2012, 15:24
 
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Información Duda sobre Ley LSSI

Hola. Vengo a ver si alguien puede resolverme una duda respecto a la ley LSSI.

Resulta que tengo un amigo que tiene una web. Este amigo vive en un país de america latina y tiene a su nombre el dominio y el hosting.
Pero yo tengo insertado en su web publicidad, es decir que a mi banco vienen ingresos de esa publicidad.
Yo soy español y el banco también es de España.

Bajo estas condiciones, qué datos hay que mostrar respecto a la identificación del webmaster. ¿los míos, los suyos, o no hace falta mostrarlos?

Necesito resolver esta cuestión. Muchas gracias.
  #2 (permalink)  
Antiguo 30/01/2012, 08:35
Avatar de freegirl
Colaborador
 
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Respuesta: Duda sobre Ley LSSI

Ahí me he perdido....

Si la web no es tuya ¿como es que a ti te pagan? Es decir, lo normal es cuando uno pone publicidad en una web, que representa que NO es suya, es pagar € no recibir €. Si estás recibiendo euros por la publicidad en la web es que tu eres propietario o copropietario de la web...

¿Por qué no recibe tu amigo el dinero, el que representa que es el propietario de la web, y que luego te paga por x servicios prestados?

en el caso que os afecte la LSSI deberías poner:
Cita:
[8] Dispongo de una página web personal, pero para financiar gastos tengo alojados "banners" u otros medios de publicidad. ¿En qué me afecta la nueva Ley?

La Ley es de aplicación a las páginas web que ofrezcan mensajes publicitarios por los que el titular de la página perciba algún ingreso. Sin embargo, los únicos requisitos que establece la Ley en cuanto al contenido de las páginas de Internet consisten en incluir una información básica en la página web del prestador. Para una página web personal, la información que debe facilitarse es la siguiente:

Su nombre
Domicilio (indicando, al menos, la localidad y provincia de residencia)
Dirección de correo electrónico.
NIF
Cualquier dato que permita establecer una comunicación directa y efectiva, como podría ser, por ejemplo, un teléfono o un número de fax.
Los códigos de conducta a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.

La publicidad que se muestre en la página web deberá ajustarse a lo establecido en la Ley, la cual obliga a identificar al anunciante y a presentarla de manera claramente distinguible de los contenidos no publicitarios de la página. Así mismo, deberán respetarse las restantes normas sobre publicidad, recogidas en otras leyes.
http://www.mityc.gob.es/telecomunica...s/Index.aspx#8


también deberías mirar si son aplicables otras normativas como la LOPD.
__________________
Saludos
  #3 (permalink)  
Antiguo 31/01/2012, 01:29
 
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Respuesta: Duda sobre Ley LSSI

Hola

Aparte de aclarar el concepto de quien es el verdadero titular de la web tal y como te comentan en el mensaje anterior, si suponemos que el responsable de la web es tu amigo que está en un país fuera de la U.E habría que aplicar este artículo de la LSSICE:

Artículo 4. Prestadores establecidos en un Estado no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.

A los prestadores establecidos en países que no sean miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 7.2 y 11.2.

Los prestadores que dirijan sus servicios específicamente al territorio español quedarán sujetos, además, a las obligaciones previstas en esta Ley, siempre que ello no contravenga lo establecido en tratados o convenios internacionales que sean aplicables.


El art. 7.2 se refiere a la libre prestación de servicios en internet y el 11.2 al deber de colaborar con las autoridades españolas en caso de ser requerido.

En resumen si tu amigo (que está en un país de américa latina) es el responsable de la web hay dos opciones:

a) La página aunque tenga publicidad de una empresa o profesional español, no está destinada al mercado español (cuestión un poco difícil de creer precisamente por la publicidad que aloja)

b) Está destinada al mercado español en cuyo caso debe cumplir con la LSSICE como todo hijo de vecino.

Pregunta del millón ¿como se entiende que está orientada al mercado español? Según la doctrina, por los elementos perifericos de la página es decir, moneda de cobro, teléfonos de contacto, publicidad .....etc

En caso de estar somentida a la LSSICE te recomiendo que leas este artículo:

http://www.techlegal.es/aviso-legal-mi-pagina-web/

Espero que te sirva este pequeño "ladrillo"

Un saludo
__________________
www.techlegal.es
Derecho Tecnológico

Etiquetas: ley, lssi, publicidad
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