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Gastos de difícil justificación

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Antiguo 08/07/2006, 09:45
 
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Gastos de difícil justificación

Hola, soy constructor autónomo en la Comunidad Autónoma de Galicia en España.

Quería hacer unas cuantas preguntas...

El caso es que llevo mis gastos con el programa de gestión contable "Gestión MGD" y cuando consulto mis libros de fiscalidad encuentro que hay ciertos gastos como los de la gasolina, el teléfono, los peajes de las autopistas, las dietas, la luz de mi casa, etc., que no sé hasta que punto incluir en los gastos deducibles. He leído por ahí que se incluyen pero sólo hasta el 5% de su total. ¿Es cierto esto? Si es así, como debería rellenar los asientos en el programa de gestión, ¿poniendo el total de la factura (del peaje, por ejemplo), o poniendo como total ese 5% del real (IVA incluido supongo)?

Tengo unos 420€ de gastos de gasolina, pero si tengo que deducir sólo el 5%, se reduce a poco más de 20€..., y el caso es que he gastado más del 50% en mis desplazamientos como autónomo, pero obviamente no puedo justificarlo, de ahí que sea un gasto de 'difícil justificación'...

Otra cosa... Cuando vaya a presentar los modelos de hacienda a la administración, ¿tengo que llevar también los libros de registros de ingresos y gastos y de facturas emitidas y recibidas, además de todas las facturas que tengo? Porque me parece que sería muy tedioso tener que revisar todas y cada una de las facturas que tengo por parte de la administración, y que sepa hay colas bastante largas...

Gracias por vuestro tiempo y saludos.
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Antiguo 09/07/2006, 05:34
Avatar de codigoflecha  
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Los gastos de gasolina según mi consulta a hacienda sólo se pueden deducir el caso de que en tu actividad sea totalmente necesario el coche, es decir, sea una herramienta indispensable de tu actividad, un ej. claro es un agente comercial.
Lo que si se pueden deducir son los gastos de taxis. En el caso de las dietas yo deduzco las invitaciones a clientes, en cuanto a la luz complicado aunque hay quien deduce un % realmente a no ser de que tuvieras dos contadores independientes ( algo dificil), seguimos , el teléfono pues si tienes dos lineas de teléfono si, puedes poner una personal y otra para el trabajo, aunque yo en mi caso sólo tengo una linea con router adsl, y deduzco un % que estimo que es exclusivamente profesional.
Ahora bien en cuanto al 5% de gastos de dificil justificación , hacienda me contestó, que si estoy en el regimen de estimación directa como yo, no se en cual estas tu, se puede deducir el 5% de la siguiente forma:
- a los ingresos le restamos los gastos, sobre el resultante calculamos el 5%, y este 5% se lo sumamos a los gastos.
Cuando presentes tus liquidaciones a Hacienda, no tienes que llevar las facturas de ingresos y gastos, debes de guardarlas por si tienes una inspección.
Si estas inscrito en el registro mercantil ( voluntario para los autónomos) aqui se llevas tus libros una vez al año, para su legalización.
De todas formas para información más concreta puedes llamar a hacienda y preguntarles todas tus dudas, a mi siempre me han atendido muy bien.
Saludos
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