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Quién puede poner una web en su portafolio

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Antiguo 19/03/2006, 14:10
Avatar de mariogl84  
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Quién puede poner una web en su portafolio

Hola a todos.

Se me estaba planteando una duda: yo soy autónomo, tengo mi web en la que expongo un portafolio con los trabajos que he hecho. Vale, ahora tenemos a Pedro, que es autónomo, y que tiene su web en la que expone un portafolio con los trabajos que ha hecho. Los dos nos dedicamos a lo mismo: hacer páginas web. A mí me sale un cliente y me pide una web. Yo se la subcontrato a Pedro, y yo coordino el proceso y reviso el producto final.

¿Quién de los dos está legitimado a poner ese trabajo como suyo en su portafolio? Entiendo que los dos, pero si alguien ve las dos páginas y ve el mismo trabajo en las dos, ¿no creerá que hay gato encerrado?

¿Qué pensáis?
  #2 (permalink)  
Antiguo 19/03/2006, 14:21
Avatar de K3NNY
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Depende quien hizo la pagina. Si vos subcontrataste a otro webmaster, y lo unico que vos hiciste fue ser un intermediador (y para colmo cobrar por ello?) entonces la pagina deberia estar en el portfolio de Pedro. Ahora, si fue un trabajo en conjunto entre los 2 (Pedro hizo la programacion, vos el diseño, por ejemplo) entonces tenes que indicar en tu portfolio que vos solamente hicistes el diseño.
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delFuego.com.ar
mi tumblelog sobre diseño

La dedicación en mi respuesta es directamente proporcional a la dedicación en tu pregunta.
  #3 (permalink)  
Antiguo 19/03/2006, 14:56
Avatar de freegirl
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Desde mi punto de vista te pertenece a ti ya que el cliente es tuyo, y tu a Pedro sólo lo has subcontratado. Es similar al tema de las empresas y sus empleados. Por mucho que desarrollen webs y programas, éstos no le spertenecen a ellos ni los deben de poner en su portafolio particular .

Pero para dejar estas cosas claras des del principio es mejor que redactes un contrato e incluyas estas cláusulas y condiciones en el mismo. Además te aconsejo que incluyas contrato de confidencialidad, porque no sería la primera vez que un empleado o subcontratado se lleva un cliente.

Al fin y al cabo la factura que le des al cliente irá en nombre tuya, no? o sea que tu eres legalmente el proveedor de ese servicio...



saludos!
  #4 (permalink)  
Antiguo 19/03/2006, 17:41
Avatar de mariogl84  
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Sí, me inclino más a pensar que, al ser mi cliente y al coordinar y revisar el trabajo yo, y ofrecerle al final yo el servicio al cliente, no puedo decir que la web no sea mía. Yo me dedico a dar un servicio, y para ello subcontrataré a todo el que necesite, y no por eso dejo de dar yo el servicio (es más que hacer de intermediador, K3NNY).

Pero lo que tampoco veo lógico es que el freelance subcontratado no pueda poner ese trabajo como suyo en su portafolio.
  #5 (permalink)  
Antiguo 19/03/2006, 17:54
 
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Yo creo que no hay que mezclar temas. Es decir, si tu subcontartas el diseño de una página web, tu puedes mostrar esta web en el portafolio, ya que lógicamente eres tu quien ha ofrecido la web al cliente. Ojo, no puedes decir que este diseño lo hayas realizado tu como persona, pero si como empresa.

Y el subcontratado, desde mi punto de vista, puede poner esta web en su portafolio, pero debe especificar que esta web fue realizada en cooperación con tu empresa, o para tu empresa, o como lo quieras llamar. Pero negarle que publique esa web en su portafolio no lo termino de ver claro... un fotógrafo puede vender la exclusividad de sus fotos, y eso implica no poder venderlas a nadie más. Pero en su portafolio si puede poner esas fotos creo yo...

Un saludo
  #6 (permalink)  
Antiguo 19/03/2006, 22:17
Avatar de kahlito
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Tambien depende del enfoque personal que le demos a nuestro portafolio, yo por ejemplo suelo poner solo los trabajos que hago, bien sean a partir de mi o bien para una empresa, ya que realmente quien los hace soy yo y es lo que me interesa que vean tanto empresas como clientes etc etc para mostrar la forma en que trabajo estilo etc etc. y en este caso aunque no te pertenezcan (en el caso de que los hagas para una empresa) si lo pones en tu web no estas diciendo que sean tuyos, simplemente indicas que tu lo has hecho.

Ahora si tambien quieres ofrecer todos tus servicios realizados como empresa o particular pues como dice xor2323 tambien se puede hacer pero especificando que lo haces como empresa y no como persona.

Saludosss
  #7 (permalink)  
Antiguo 19/03/2006, 22:39
 
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No veo por qué no la puedan poner los dos en su portafolio. Por un lado, el webmaster tiene todo el derecho ya que practicamente él puso la mano de obra, siempre y cuando respete el hecho que el trabajo lo hizo en conjunto con tu persona y no te puede quitar la parte del crédito que te corresponde a ti. Lo mismo tú, puedes ponerla en tu portafolio, pero respetando también el hecho de que sólo parte del trabajo es obra tuya, y otra parte del crédito es del webmaster.

Como muchas veces me ha tocado realizar sitios en conjunto con otro diseñador, agrego el sitio en mi portafolio resaltando las responsabilidades que tuve yo en el desarrollo.
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  #8 (permalink)  
Antiguo 20/03/2006, 02:26
Avatar de mariogl84  
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Sí, pero si tú eres una empresa, no vas poniendo en tu portafolio "esta web se hizo conjuntamente con un colaborador", pones los trabajos que ha hecho la empresa y ya está. La duda viene cuando en vez de una empresa eres un autónomo. Yo creo que no hay diferencia, en cuanto que estás dando servicios igual que una empresa, y la única diferencia es la manera de tributar los impuestos.

Yo sigo pensando que los dos lo pueden poner en el portafolio, pero creo que el colaborador es el que debería indicar que lo hizo para alguien. ¿No creéis?
  #9 (permalink)  
Antiguo 20/03/2006, 04:51
Avatar de freegirl
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Es que eso depende de la persona o empresa que subcontrates. Yo si subcontratao a alguien (que no es algo tan simple como ser el intermediario que cobra un % del proyecto) hago un contrato dónde se especifica claramente todos estos conceptos. Si el cliente es mío, la exclusividad es mía.

Cuando una empresa pone en su web el portafolio, no pone esta web la ha hecho el empleado pepito, maría y daniel. En este caso sería lo mismo. Él no tiene porque poner que la web la ha hecho Pedro, contratado para realizar ese servicio.

Claro que también es como dicen por aquí arriba, depende como esté enfocado tu portafolio. No es lo mismo tner un portafolio de diseños propios e incluir el diseño de Pedro, que tener un portafolio de proyectos de Empresa.

Pero bueno, si quieres que él pueda poner la Web en su portafolio, llegad a un acuerdo. Si fuera así, creo que es él quién debería poner que ha hecho la Web para tu Empresa.



saludos!
  #10 (permalink)  
Antiguo 15/02/2008, 21:33
Avatar de paluhmg  
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Re: Quién puede poner una web en su portafolio

[bueno me doy cuenta que este es un post viejo, pero igual dejo el comentario por si a alguien le interesa, jeje]

Hola, en mi caso he estado en ambas situaciones. Lo mismo como subcontratado en mis inicios, que como el subcontratador en los últimos tiempos.

Como lo he hecho cuando me subcontrataban es asi, poniendo los trabajos que realizaba de diseño y programación en mi portfolio, yo siempre le aclaraba esto al subcontrador, por la sencilla razon que yo no trabajo solamente por dinero sino por enriquecer mi portfolio.

Y subcontratando servicios de diseño y pro, lo primero es que nunca subcontrato los dos servicios a una persona o empresa, yo sencillamente subcontrato diseño o programacion, y realmente no me molesta que pongan los diseños o la pro que hicieron para mis clientes, pero como a ellos quien les paga soy yo entonces ellos deben poner en su portfolio que hacen el servicio y el producto final para mi, y no para mi cliente, de hecho ellos nuncan llegan al cliente, esta es la parte que me toca a mi ademas de diseñar o programar en dependencia de la disponibilidad que tenemos en el equipo de Deprowebs.com

Asi que, puedes usar esta forma si te parece bien, a mi me ha ido bien hasta el momento, y cuidado a quien subcontratas, hay cientos de webmasters diciendo que son lo mejor del mundo y que han hecho cosas impresionantes y al final no saben nada o no quedan bien, es una pura caja de sorpresa y a distancia

saludos

Última edición por paluhmg; 16/02/2008 a las 00:08 Razón: post viejo
  #11 (permalink)  
Antiguo 16/02/2008, 11:53
 
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Re: Quién puede poner una web en su portafolio

saludos en mi caso si pondria en el portafolio pero en una seccion donde diga que no fue realizada por mi sino supervisada. ya que tambien cuenta en un portafolio aquellos proyectos que no isistes tu pero su los supervisastes.
  #12 (permalink)  
Antiguo 17/02/2008, 01:59
 
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Re: Quién puede poner una web en su portafolio

Saludos a todos.

respecto al tema tratado, creo que se estan mezclando dos cosas distinta es decir por un lado los derechos de la propiedad intelectual y por otra parte los derehos de uso de la creacion.

Por una parte si Pedro realizo el trabajo, como creador, el derecho intelectual es de Pedro, la ley lo proteje cuando menos en los paises perteneciente a la OMC por el simple hecho de haber creado la obra incluso sin haberla registrado, esto cuando menos en lo que se refiere a la expresiones: Diseño grafico, y textos si fuera el caso. Metodos, procedimiento es decir la programacion debe ser registrada para contar con la proteción.

De acuerdo a este criterio Nadie puede atribuirse la creacion del trabajo de Pedro (ojo: hablo de la creacion) incluso si pedro fue contratado para hacer el trabajo, Pedro tiene todo el derecho de decir que el hizo el trabajo.

Por otra parte esta el derecho de uso del trajabajo creado por pedro.
Si pedro fue contratado para hacer el trabajo, Pedro por ningun motivo podra hacer uso del trabajo para uso propio, sin embargo nadie puede negarle el derecho de manifesta su autoria.

Basicamente un portafio es lo mismo que el curriculum, solo que es un curriculum visual, por lo que difiero con freegirl respecto a lo que menciona:


Cita:
Es similar al tema de las empresas y sus empleados. Por mucho que desarrollen webs y programas, éstos no le spertenecen a ellos ni los deben de poner en su portafolio particular
Es decir en el portafolio no pones los trabajos que te pertenecen, pones los trabajos que son creados por ti y a quien o en que empresa los elaborastes. Incluso una empresa legalmente no puede impedir que manifieste la creacion de cualquier cosa para dicha empresa, lo mas que puede hacerte es firma un contrato de confidencialidad por algun periodo de tiempo limitado. lo que si puede hacer es impedirte que utilices esa creacio para uso personal. (uso de la creacion más no la manifestacion de la creacion)


En el caso que plantea mariogl84, siendo los dos autonomos si no hicieron un acuerdo de confidencialidad previo. y suponiendo que el portafolio es de trabajos propios, quien tiene el derecho intelectual es Pedro y tiene todo el derecho de ponerlo en su portfolio. Sin Embargo mariogl84 igual podria ponerlo en su portafio como trabajo elaborado por su negocio y a pie pagina del proyecto inlcluir a pedro como parte de su Staff, o mas correcto que Pedro incluyera el nombre de la empresa o individuo para quien realizó el trabajo.

Para evitar estas cuestiones elaboren un clausula de confiencialidad donde la empresa o profesional subcontratado se comprometen a no manifestar la autoria del trabajo por un tiempo determinado, digo por un tiempo determinado por que legalmente no se puede impedir a un individuo manifestar la autoria, repito cuando menos de las expresiones( diseño grafico y textos ).

Saludos
  #13 (permalink)  
Antiguo 18/02/2008, 10:24
consultoring
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Re: Quién puede poner una web en su portafolio

La clave esta en lo que bien dicen freegirl y davidmx y es que hay que diferenciar los derechos de autor de los derechos de explotación, en este sentido diremos que:
El autor siempre sera el autor y esta protegido por los "derechos de autor" ( valga la redundancia )
Cuando el autor trabaja por encargo de un empresario ( sea este un autonomo, una sociedad civil o una sociedad mercantil ) sigue siendo autor de la obra y mantiene sus "derechos de autor" pero los derechos de explotación pertenecen al empresario en las condiciones que se estipulen en el contrato.

Por lo tanto podriamos diferenciar el portafolio del empresario ( con las obras que explota )del portafolio del autor ( con las obras que ha creado ).....en todo caso es el contrato de encargo el que debe definir los límites del ejercicio del derecho de cada cual y en que terminos se pueden usar las obras en los portafolios.
Atención: Estás leyendo un tema que no tiene actividad desde hace más de 6 MESES, te recomendamos abrir un Nuevo tema en lugar de responder al actual.
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