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Antiguo 08/03/2005, 08:40
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El IAE (impuesto de actividades económicas) es un tributo transferido a las Comunidades Autónomas.

Estarás exento del IAE si tu cifra neta de negocios es inferior a 1.000.000 de euros. Para los puristas, obsérvese que no es lo mismo "cifra neta de negocio" que "facturación".

Más info: Ley 51/2.002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1.988 reguladora de las Haciendas Locales.

Respecto a apastor, una aclaración. En ningún caso he dicho que el PGC sea un invento del Estado. ¿Dónde lo leiste?. Tampoco dije que una sociedad mercantil deba llevar las "cuentas claras". Ambos deben llevar correctamente sus cuentas, pues la contabilidad es una herramienta básica para la toma de decisiones empresariales. Tan solo dije que deben tener unas obligaciones contables y mercantiles, cuyo alcance no es comparable (aunque sea parecido), a las que requiere un empresario individual (autónomo, o profesional).

Esto te lo dice alguien que se decica a temas contables y financieros.

Para EnCeRiO: A pesar de que no tengas que pagar IAE deberás darte de alta en la actividad correspondiente. No existe ninguna incompatibilidad para que puedas ejercer una actividad por cuenta ajena, y la compatibilices con tu actividad de autónomo. No obstante deberás comunicarlo a tu actuale empresa, pues ingresará menos contribuciones a la Seg. Social por tu pluriempleo (en temas de seg. social no estoy muy puesto).

Salu2