Paso a paso no te puedo explicar, porque nunca he registrado una página web, pero creo que mi búsqueda te puede aclarar el tema.
Léete primero esto:
LA INSCRIPCIÓN DE PÁGINAS WEB EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
En esencia, en nuestro país (España), la protección completa de una web, según ese documento, requiere "tres registros":
1 El texto sería inscrito como obra literaria (art. 10.1.a TRLPI) en la Sección I del Registro (art. 7.2.a RD 733/1993)
2 Las fotografías, por su parte, serían inscritas como tales (art. 10.1.h TRLPI) en la Sección XI del Registro (art. 7.2.k RD 733/1993), aunque, eso sí, podían presentarse en la misma solicitud.
3 El código fuente, como programa de ordenador (arts. 95 y ss TRLIP).
Esto sería para registrar todos los elementos de la web, pero podrías optar por registrar sólo el texto, o sólo las fotografías, o sólo el código fuente (diseño estructural) del sitio... o cualquier combinación posible con estos tres factores.
Tú léete el artículo para entrar en detalles de procedimiento y tal. Te será bueno también explorar un poco por los otros resultados de la búsqueda que hice:
búsqueda
Saludos.