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  #11 (permalink)  
Antiguo 28/03/2006, 09:11
lil597
 
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Iniciado por freegirl
una persona física si que puede facturar sin ser empresa ni autónomo, sólo en en casos puntuales. Imagínate que eres profesor, y un día vas a hacer una conferencia a una escuela, no vas a darte de alta en autónomos por ese día sólo. O imagínate que eres estudiante, y un día realizas un trabajo, algo puntual, puedes hacer factura. Estas cosas sólo para casos puntuales. Ah! y sobretodo debes declarar el IRPF y el IVA, eso es lo más imprescindible.

Lo mismo que si un día vendes algo tuyo, también puedes hacer factura. Hablo de casos puntuales, lo repito para que quede claro, no quiero que nadie se confunda. Si tienes una actividad continuada, o vendes continuadamente, debes darte de alta en la S.S y en el IAE, evidentemente.

Eso me lo explicó un asesor fiscal. Él te lo explicaría mejor, yo lo explico a mi manera :p

saludos!

No entiendo mucho de estas cosas, así que no sé si lo he entendido bien. El año pasado cuando terminé la carrera hice un trabajo para una empresa sin estar dado de alta en ningún sitio. Luego les pasé una factura con mi NIF y reflejando la retención del IRPF. Ahora voy a hacer la declaración y tengo dudas. ¿realmente podía hacer esta factura sin ser autónomo ni nada? Porque fue sólo un trabajo puntual y, de hecho, no he vuelto a hacer nada por mi cuenta. ¿se puede hacer esto entonces?

Si me podéis ayudar porque estoy hecho un lío!