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Antiguo 05/07/2006, 03:36
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freegirl
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Si realizas una ctividad habitual debes darte de alta en la SEg Social y en Hacienda. Que no sale a cuenta? ya, pero es así.


Sobre lo que dice el compañero de:

Cita:
Tienes la posibilidad de darte de alta en irpf y iva y tan solo pagar estos dos impuestos, sin darte de alta a autónomos. No hay ninguna ley que regule esto pero hay una "ley" que dice que si no ganas ni el salario mínimo interprofesional (creo que son 700 € al mes o por hay) no hace falta que te des de alta a autónomos. Digo "ley" porque en teoria tienes que darte de alta a autónomos pero casi todos los juicios que han habido sobre este tema han dado la razón al afectado, que cobraba menos que el salario mínimo interprofesional.
Esto te lo tendría que decir la Seguridad Social si debes abonar las cuotas o no, cosa dificil que te digan que te libras. Yo conzco asesores fiscales que han ido y les han comentado que sus clientes no llegaban al mínimo, y les han dicho que paguen las cuotas.... Si te dicen que te toca pagar las cuotas, entonces tienes la posibilidad de dejar de pagarlas y esperar que te denuncien. Entonces ir a juicio, y que decida el juez. Desde mi punto de vista no vale la pena. Porque si no tienes para pagar las cuotas si tienes para abogados? uff no se.

Yo te recomendaría que intentes facturar toda la publicidad en un mes, te das de alta ese mes, y luego te das de baja...


saludos