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Como facturar banners a mis anunciantes ??

Estas en el tema de Como facturar banners a mis anunciantes ?? en el foro de Negocios en Foros del Web. Hola a todos! Lo primero saludarles ya que es la primera vez que escribo en el foro! Lanzo una pregunta a la que por ahora ...
  #1 (permalink)  
Antiguo 05/07/2006, 01:47
 
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Como facturar banners a mis anunciantes ??

Hola a todos!

Lo primero saludarles ya que es la primera vez que escribo en el foro!

Lanzo una pregunta a la que por ahora no encuentro respuesta:

Estoy interesada en colocar banners publicitarios en mi web, los anunciante se me han ofrecido para ello. mi duda es, como puedo facturar yo estos banners? no soy autonoma y vivo en España, que formas hay legales de cobrar a los anunciantes? Puedo emitir yo un justificante y con eso vale ?

Como podeis ver soy un mar de dudas y me temo que cuando les diga a los anunciantes que no puedo cobrarles legalmente se echen atras...

Un saludo a todos y gracias !
  #2 (permalink)  
Antiguo 05/07/2006, 02:54
 
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Justificantes no jeje, a menos que seas una organización sin ánimo de lucro y lo utilices a forma de recaudar fondos que no creo que sea el caso y tampoco sería un justificante sino otra forma legal.

Toda actividad con ánimo de lucro requiere que estés registrada, a no ser claro que lo cobres en negro. Pero claro darse de alta a autónomos resulta caro si cobrarás pequeñas cantidades.

Tienes la posibilidad de darte de alta en irpf y iva y tan solo pagar estos dos impuestos, sin darte de alta a autónomos. No hay ninguna ley que regule esto pero hay una "ley" que dice que si no ganas ni el salario mínimo interprofesional (creo que son 700 € al mes o por hay) no hace falta que te des de alta a autónomos. Digo "ley" porque en teoria tienes que darte de alta a autónomos pero casi todos los juicios que han habido sobre este tema han dado la razón al afectado, que cobraba menos que el salario mínimo interprofesional.

Si lo haces de esa forma (yo lo hago asi), solo tendrás que pagar el 15 0 20% de irpf (es decir, el 15-20% de lo que ganes), y tendrás que transferir el iva (iva que te paguen, iva que transfieres a hacienda). Lógicamente a cuantos más gastos declares (costes del server, algún móvil que te compres, un coche para hacer las gestiones,... ^^) pues puedes deducirlo como gasto, con lo que tendrás menos beneficio y el estado te tendrá que devolver el iva pagado.

Un saludo y siento el rollo!
  #3 (permalink)  
Antiguo 05/07/2006, 03:36
Avatar de freegirl
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Si realizas una ctividad habitual debes darte de alta en la SEg Social y en Hacienda. Que no sale a cuenta? ya, pero es así.


Sobre lo que dice el compañero de:

Cita:
Tienes la posibilidad de darte de alta en irpf y iva y tan solo pagar estos dos impuestos, sin darte de alta a autónomos. No hay ninguna ley que regule esto pero hay una "ley" que dice que si no ganas ni el salario mínimo interprofesional (creo que son 700 € al mes o por hay) no hace falta que te des de alta a autónomos. Digo "ley" porque en teoria tienes que darte de alta a autónomos pero casi todos los juicios que han habido sobre este tema han dado la razón al afectado, que cobraba menos que el salario mínimo interprofesional.
Esto te lo tendría que decir la Seguridad Social si debes abonar las cuotas o no, cosa dificil que te digan que te libras. Yo conzco asesores fiscales que han ido y les han comentado que sus clientes no llegaban al mínimo, y les han dicho que paguen las cuotas.... Si te dicen que te toca pagar las cuotas, entonces tienes la posibilidad de dejar de pagarlas y esperar que te denuncien. Entonces ir a juicio, y que decida el juez. Desde mi punto de vista no vale la pena. Porque si no tienes para pagar las cuotas si tienes para abogados? uff no se.

Yo te recomendaría que intentes facturar toda la publicidad en un mes, te das de alta ese mes, y luego te das de baja...


saludos
  #4 (permalink)  
Antiguo 05/07/2006, 04:14
 
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Bueno eso ya depende de lo que prefiera cada uno.. yo conozco a bastante gente que lo hace asi y no conozco a nadie a quien le hayan denunciado, digo conocerlo directamente. Lógicamente si puedes cobrar todo en un solo mes (cosa no muy provable con el tema de los anunciantes) pues perfecto, pero si has de hacerlo mes a mes pagar la seguridad social no te saldrá demasiado a cuenta... si es una actividad secundaria (no dependes de ella para vivir, como es mi caso y el de mucha gente que lo hace asi) pagar la seguridad social no es muy razonable cuando solo se trata de ganar un sobresueldo..

Y bueno otra opción que no se ha comentado es facturar a través de un tercero aunque eso ya depende de los contactos que tengas.

Un saludo
  #5 (permalink)  
Antiguo 05/07/2006, 04:52
Avatar de freegirl
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Ten en cuenta que Hacienda y la Seg Social actualmente cruzan datos para evitar fraudes. Antes, hace unos años, era más dificil que te "pillaran" ya que no se cruzaban.

Uno mismo no es el que decide si debe abonar las cuotas o no. La Ley dice que en el momento que se ejerza una actividad habitual (ganes 2 euros o 200 mil euros) bla bla bla

Otra cosa es que nos parezca justo o no si se deben abonar las cuotas...Pero esto no lo podemos decidir nosotros.

saludos
  #6 (permalink)  
Antiguo 05/07/2006, 07:14
 
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Hola y gracias a los dos por vuestras respuestas?

La cosa esta clara, si no eres empresa o autónomo no puedes cobrar por un banner, pero por ahí veo muchas webs que si que los tienen y dudo que sean autónomos, por lo que creo que la remuneración será en B.

Quizas si el cliente quiere la factura lo menjor es buscar a algun conocido autónomo y que el nos la haga, que problemas se pueden presentar en este caso.

Yo estoy trabajando ya y pagando la seguridad social.
Tanta historia para cobrar 100 o 150 euros al mes por los banners ....

Otra pregunta, o cobro todos los meses de Google Adsense y no declaro nada ? Debería hacerlo?

Un saludo y de nuevo GRACIAS !!
  #7 (permalink)  
Antiguo 05/07/2006, 08:24
 
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Si claro google es lo mismo jeje. Y si buscas a alguien que te pueda facturar pues es una solución si, aunque es un poco un lio por el tema de los impuestos sobre beneficios y declarar los gastos, etc.

Por cierto freegirl ya se que la ley es la ley jeje solo que no veo bien que por ganar 200 o 300 € tengas que pagar casi la misma cantidad a la seguridad social cuando no es tu actividad principal nose... creo que deberían crear otra forma y más ahora que con el tema de internet este es un problema bastante común. Pero bueno eso ya es cuestión de opinión ^^

Un saludo
  #8 (permalink)  
Antiguo 10/07/2006, 14:33
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Si no mueves mucho dinero, quédate con todo. La web es tuya, ya se roba bastante como para que tu tengas que ir declarando unos pocos €. Como ves no te respondo sobre lo que es legal, para una página pequeña nadie te va a decir nada. También depende del caso, claro, si los beneficios te lo permiten pues regístrate a autónomos, sino lo que vas a hacer es perder dinero.
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Estoy en blojer.com
  #9 (permalink)  
Antiguo 11/07/2006, 04:49
Avatar de freegirl
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ahora me he acordado de esta alternativa:

http://www.forosdelweb.com/showthrea...ight=freelance

no sé como le habrá ido el forero que se apuntó.

saludos!
  #10 (permalink)  
Antiguo 14/07/2006, 19:01
 
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hola les escribo desde el Ecuador, me pueden indicar como realizo el cobro de los banners a mis publicistas o anunciantes internacionales, desde mi país.

Además me pueden indicar las páginas web que mencionen el crecimiento de los mercados internacionales.

Oscar Endara
Ingeniería Comercial con mención en Márketing
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