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Antiguo 28/11/2002, 06:14
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t0m|ta
 
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La paginita del Ministerio se las trae. Nadie tiene muy claro como se aplica la LSSI entre otras cosas porque tiene muchos temas sin desarrollar, y como afectan a la intimidad y privacidad de las personas lo desarrollarán en algún momento en que pase lo más desapercibido posible.

Fundamentalmente:

a) Si la web es comercial, (y con un sólo banner publicitario lo es) tienes que registrar la URL en el registro mercantil.
Art. 9.1) "… deberán comunicar al Registro mercantil en el que se encuentren inscritos". Si la web es anterior a la LSSI tienes un año, si es posterior 1 mes.

b) Obligación de identificación: tienes que poner en la web los datos que identifiquen al dueño del dominio:


2.1. Nombre o denominación social y domicilio, dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva.
2.2. Los datos de su inscripción en el Registro a que se refiere el artículo 9
2.3. En el caso de que su actividad estuviese sujeta a un régimen de autorización administrativa previa, los datos relativos a dicha autorización y los identificativos del órgano competente encargado de su supervisión.
2.4. El número de identificación fiscal.
2.5. Información clara sobre los precios y productos , los impuestos aplicables y en su caso, los gastos de envío.
2.6. Los códigos de conducta a los que esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.


c) Si la atividad a la que te dedicas tiene normas especiales, tienes que tenerlas en cuenta también.

d) Tienes que guardar todos los logs durante 1 año.

e) Si tienes constancia de que algo es ilegal (por que exista una sentencia judicial o resolución administrativa en ese sentido) tienes que retirar ese algo: ejemplo apología del terrorismo.

f) Si guardas datos de tus usuarios que los hagan identificables (una ip o un email) se te aplica automáticamente la Ley Orgánica de Protección de Datos con las obligaciones que esta implica.

Más o menos, aunque estudié derecho no ejerzo, pero tengo un análisis de andar por casa de la LSSI si te interesa mandame un privado y te lo mando. Aunque yo no soy una autoridad puede que te sirva para darte una pista.

Saludos
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Instrucciones de andar por casa