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  #7 (permalink)  
Antiguo 16/12/2004, 05:56
puntoypixel
 
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Si, ya se que me afecta de lleno, por eso estoy inscribiendo el fichero

No entiendo esto que dices, que me estás liando más :
Cita:
Iniciado por ICEF
Además el servidor lo tienes en EE.UU. no hace falta notificación de transferencia porque lo que está hacendo el servidor es prestarte un servicio, por lo que te afecta el artículo 12 LOPd "Acceso de terceros a los datos". Debes firmar con ellos un contrato de encargado de tratamiento e informar del mismo a la AEPD.
A ver si me aclaro, dices que no importa que mi servidor esté en USA y que no debo hacer lo de transferencia internacional porque el servidor sólo me presta un servicio, pero luego me dices que me afecta el artículo 12 y que tengo que firmar con el servidor un contrato de encargado de tratamiento?
Chico, no me aclaro , el artículo dice en su punto 1:
Cita:
Artículo 12. Acceso a los datos por cuenta de terceros.
1. No se considerará comunicación de datos el acceso de un tercero a los datos cuando dicho acceso sea necesario para la prestación de un servicio al responsable del tratamiento.
Según esto lo de "Acceso a los datos por cuenta de terceros" no me afecta para nada, ya que yo soy la única que tiene acceso a los datos, y los del datacenter, si alguna vez accedieran a la informacción sería en prestación de un servicio a mi persona.

Vale, eso aclarado. Ahora sobre lo que yo preguntaba. He intentado llamar varias veces a la Agencia de Protección de datos y estan hasta arriba, asi que esperaré a que me contesten el mail que les puse.
Mientras he encontrado varios artículos en google y la tónica general es considerar el alojamiento en USA como transferencia internacional. Pero hay algunas excepciones en el artículo 34 como por ejemplo:
Cita:
e. Cuando el afectado haya dado su consentimiento inequívoco a la transferencia prevista.
f. Cuando la transferencia sea necesaria para la ejecución de un contrato entre el afectado y el responsable del fichero o para la adopción de medidas precontractuales adoptadas a petición del afectado.
g. Cuando la transferencia sea necesaria para la celebración o ejecución de un contrato celebrado o por celebrar, en interés del afectado, por el responsable del fichero y un tercero.
En este caso creo que mi web no tendría problemas, ya que existe un aviso legal y un contrato de aceptación de normas para poder registrarse que han de aceptar obligatoriamente si quieren seguir adelante. Además de que siempre se les ha informado de dónde estaban ubicados los servidores.

Esperaré a tener respuesta oficial de la AGP para pooer daros una respuesta correcta, no vaya a ser que alguien me lea y luego me eche las culpas
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La palabra humano es peyorativa

Última edición por puntoypixel; 16/12/2004 a las 06:25