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Como hacer bien las cosas (IVA,IAE...) ?

Estas en el tema de Como hacer bien las cosas (IVA,IAE...) ? en el foro de Temas legales en Foros del Web. Muy buenas, he estado consultando el foro y debido al gran nivel que he encontrado acudo a vosotros a ver si me podeis aclarar unas ...
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Antiguo 20/07/2006, 06:16
 
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Como hacer bien las cosas (IVA,IAE...) ?

Muy buenas,
he estado consultando el foro y debido al gran nivel que he encontrado acudo a vosotros a ver si me podeis aclarar unas dudas:
Aparte de mi profesión por la que ya pago mi IRPF (soy profesor, funcionario del MEC) me ha salida la oportunidad de realizar una web para una Fundacion. Mi duda es como tengo que hacer las cosas para no tener problemas con Hacienda.

Por lo que tengo entendido debido a que el importe que voy a cobrar supera los 3000 euros tengo que darme de alta en el IAE y presentar liquidación de IVA (ya me han dicho que es mala idea pasarlo como mas rendimiento del trabajo).
Tambien si no he entendido mal la factura tengo que emitirla con una retención del 15%. Es decir:
Base imponible: 3000 / IVA 480 / Retencion 450
Total a pagar por la empresa: 3030 (de los cuales 480 los tengo que ingresar en hacienda)

Mis preguntas son:
1. Es posible darse de alta del IAE, declarar el ingreso (que en este caso serian 3000¿?) y la retencion practicada y posteriormente volverse a dar de baja?

2. En la liquidación del IVA puedo desgravarme el IVA de un ordenador que me he comprado este mismo trimestre? Es para uso personal, pero lo utilizare para hacer la web?

3. No tengo que presentar nada mas no? ni balances de contabilidad ni PyG ni nada de nada? entonces si el caso 2 es posible como sabra hacienda que realmente me he comprado el ordenador?

Muchas gracias y perdonad por el rollo

ALVARO
  #2 (permalink)  
Antiguo 20/07/2006, 07:22
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Hola alvaroph. Bienvenido a forosdelweb.

Responderé antes a tus preguntas, pero luego te daré mi opinión.

Respuesta a la pregunta 1: Sí, pero ten en cuenta que el alta del IAE no implica que tengas que pagar nada. De hecho, el IAE solo lo pagan las empresas y profesionales que facturen (vendan) más de 1 millón de euros anuales (antes pagaban todas las empresas y profesionales, con independencia del volumen de facturación). Imagino que te refieres a darte de alta como autónomo en la Seguridad Social, ...en ese caso, creo que existe un periodo mínimo para estar dado de alta, aunque no lo sé con certeza.

Respuesta a la pregunta 2: Sí, pero una vez finalizado el trabajo, deberías facturártelo (se lo factura alvaroph, el profesional que hace y diseña webs, a alvaroph, una persona física que consume para uso particular, el PC). Esto se denomina autoconsumo, a efectos tributarios, y está sujeto al IVA. Un ejemplo más claro, es este: Imagina un taxista que se compra un coche nuevo, el mes antes de jubilarse. Se puede deducir el IVA evidentemente, porque el vehículo está afecto a su actividad, pero como solo va a estar un mes, lo que debe hacer, es facturarse el coche a precio de mercado (descontado el uso, o la amortización del vehículo por 1 mes) e ingresar el iva correspondiente a Hacienda.

Respuesta a la pregunta 2: Todo profesional está obligado a llevar una serie de libros oficiales:
a) Libro de compras y gastos.
b) Libro de ventas e ingresos.
c) Libro de bienes de inversión (aquí figuraría el ordenador).

Hacienda sabe que te has comprado algo (no el ordenador, pero sí "algo", a través de la desclaración trimestral del iva, pues allí solo figuran importes), pero para saber "qué es ese algo", están los libros. Libros, que solo te pedirían, en caso de inspección.

¿Existen otras alternativas dentro de la legalidad, que no impliquen tantos dolores de cabeza?.

Sí. No están sujetas a IVA, aquellas actividades empresariales o profesionales, que se realicen de manera esporádica y/o no habitual (y aunque sí deberías darte de alta en el IAE -porque en el IAE no se menciona la habitualidad o no, como concepto diferenciador a la hora de darse de alta en el impuesto-, yo no lo haría, porque no tienes que pagar ni un céntimo, al facturar menos de 1 millón de euros).

Yo en tu caso, emitiría una factura con retención (porque la actividad profesional, tampoco exige habitualidad, y por tanto debe llevar retención cualquier operación, aunque sea esporádica), siempre y cuando tu cliente sea una empresa o profesional y actúen como tales (más info en este post), pero sin IVA porque no tienes que darte de alta en el IVA al no ejercer la actividad de forma habitual.

Cuando llegue el momento de hacer tu declaración del IRPF, declaras los 3.000 euros, de ingresos y la retención practicada (450 euros).

Por cierto, el umbral de 3000 euros, es un farol, o un bulo. No he encontrado nada en la legislación relativo a eso.

En este post (por el final), Ofuscada preguntaba algo similar.

Salu2
  #3 (permalink)  
Antiguo 20/07/2006, 08:15
 
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Vaya muchas gracias por la respuesta.

La alternativa que me propones era mi primer idea.
La duda que me surgió era que tenia miedo que al darme de alta del IAE, por el simple hecho de escoger una actividad profesional sujeta a IVA, Hacienda cruzase datos y dijese:
¿Cómo puede ser que un tío que ingresa por IAE no ingrese por IVA?

(aunque quizás la respuesta a eso sea no ingresar por IAE y simplemente declararlo en el IRPF, pero en que apartado? Rendimientos del trabajo o Actividades económicas?)

Yo no sabia que uno de los criterios de estar sujeto o no al IVA era el hecho de si la actividad es esporádica o habitual. (Como por contra si lo sabia con hacerse Autónomo, cosa que he desechado, ya que como repito serán cosas puntuales máximo 3 facturas al año) .

De hecho esta alternativa que comentas (y que si me aclaras definitivamente el tema del IVA, será la que escogeré) ya la había experimentado anteriormente:

Hace un año hice una factura con retención y al hacer el borrador hacienda me dijo que no me lo hacia porque tenia que darme de alta del IAE. Llame y me dijeron que por esta vez pasaba que pusiese los datos en IRPF y ya esta. Aún así me quedo la duda de si había hecho bien con el IVA (aunque se que la Fundación a la que facturo, como no tiene ingresos no se deduce IVA).

La verdad es que se agradece toda esta información porque si te tienes que fiar de la información telefónica que da Hacienda. vas apañado. No dan información global como es la que yo necesitaba: si quieres información de IVA te pasan con IVA, pero a esos no les preguntes nada del IAE, te pasan con ellos, y lo mismo con IRPF.... porque no tendrán gente que sepa un poco de todo?

Muchas gracias

ALVARO
  #4 (permalink)  
Antiguo 20/07/2006, 09:07
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Pues mi asesor fiscal me dijo que que se debía aplicar IVA y retención de IRPF en la factura, aunque sólo fuera un caso puntual.

También me he encontrado con algún gestor que se pone las manos en la cabeza por no darte de alta en el IAE aunque sea sólo por un caso puntual....En cambio, mi asesor me dijo que era una tontería darse de alta en IAE por una cosa esporádica, ya que si no te tocaba pagar ese impuesto...es que darte de alta hoy, para darte de baja mañana...

En fin, quién tendrá razón? de quién te tienes que fiar?


saludos
  #5 (permalink)  
Antiguo 20/07/2006, 11:35
 
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vaya pues, mi gozo en un pozo...tendre que presentar IVA (aunque a mi no me cueste dinero si que tiene pinta de ser pesado). Es que lo que freegirl ha dicho me ha picao y he buscado la ley del IVA y cito textualmente:
"Uno. Estarán sujetas al Impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el
ámbito espacial del Impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u
ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional"


Entonces por lo que parece me daré de alta en el IAE (que creo que es gratis) y liquidaré el IVA sin deducirme nada. Luego me daré de baja del IAE y ya está (dicho asi parece facil).

Liquidar el IVA es tan sencillo como presentar el formulario 300? o a final de año hay que volver a presentar una liquidación?.

Muchas gracias de nuevo

ALVARO
  #6 (permalink)  
Antiguo 20/07/2006, 11:47
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El tema del IVA siempre ha sido muy puñetero,al menos para mi, porque con el tema del comercio electrónico siempre se tiene que estar pendiente de este impuesto...en fin...

Cita:
Liquidar el IVA es tan sencillo como presentar el formulario 300? o a final de año hay que volver a presentar una liquidación?.
Debes hacer la declaración trimestral del IVA, y luego a finales del año hacer el resumen anual del iva, el mod.390


saludos!
  #7 (permalink)  
Antiguo 21/07/2006, 03:46
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Cita:
Yo en tu caso, emitiría una factura con retención (porque la actividad profesional, tampoco exige habitualidad, y por tanto debe llevar retención cualquier operación, aunque sea esporádica), siempre y cuando tu cliente sea una empresa o profesional y actúen como tales (más info en este post), pero sin IVA porque no tienes que darte de alta en el IVA al no ejercer la actividad de forma habitual.
Lo que está en rojo, es porque se me ha ido la olla...

Teneis razón. Se me fue la olla, y el concepto de habitualidad corresponde al régimen de la seguridad social para trabajadores por cuenta propia o autónomos. Es la segunda vez que se me cruzan los cables por este concepto confundiendo el tema de la Seguridad Social con el tema de Hacienda.

Mirad esta consulta de Hacienda (la subconsulta B), donde Hacienda responde a que hay que darse de alta en el IAE aun siendo una única operación esporádica, y deja entrever que debe facturar con IVA (no lo dice abiertamente, pero da a entender que debe hacerlo, si su actividad se considera empresarial o profesional, ...cosa que está determinada en el art. 5 de la ley).

Es más, aparte del art. 4 que apuntó alvaroph, el art. 5 de la ley del IVA, indica que si estás dado de alta en el IAE, eres profesional a efectos del IVA:
Código:
3. Se presumirá el ejercicio de actividades empresariales o profesionales:
En los supuestos a que se refiere el artículo 3 del Código de Comercio.
Cuando para la realización de las operaciones definidas en el artículo 4 de esta Ley se exija contribuir por el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Intuyo que la ley asimila el concepto "contribuir", al de "estar dado de alta".

Bueno, en todo caso, creo que esa consulta de Hacienda, deja las cosas bastante más claras.

Salu2
  #8 (permalink)  
Antiguo 19/08/2006, 04:15
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Bulos

A ver si llego a aclararos lo del IAE, el Impuesto de Actividades Económicas lo cobraba el ayuntamiento de la localidad donde se abría un negocio o donde se daba de alta un autónomo hasta el 2003.
Ahora el alta del IAE es la declaración censal de alta modelo 036 que sólo se entrega en Hacienda, al ayuntamiento ya no se va para nada.
Lo de los 3000 euros os aclaro también a que viene, los empresarios están obligados a presentar cada año el modelo 347 Declaración Anual de Operaciones, en esta declaración que es puramente informativa (no se paga nada) se relacionan todos los clientes y proveedores que te hayan facturado o a los que tu hayas facturado mas de 3000 euros durante el año al que se refiere la declaración. Esos datos se cruzan y por tanto la empresa a la que tu has facturado pone en su declaración que ha recibido una factura tuya de 3800 euros pongamos, por eso Hacienda se entera de todos esos movimientos de más de 3000 euros, y por eso la frase esa de "si facturas más de 3000 euros a una empresa date de alta y declaralo" porque lo más seguro es que te vayan a pillar!
Otra cosa si facturas 2900 euros a un cliente y 2900 euros a otro cliente Hacienda no te pilla!
  #9 (permalink)  
Antiguo 19/08/2006, 04:35
Avatar de freegirl
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Cita:
Iniciado por fontcalda Ver Mensaje
Otra cosa si facturas 2900 euros a un cliente y 2900 euros a otro cliente Hacienda no te pilla!
Eso en lo mejores de los casos. Y si la empresa a la que has facturado recibe una inspección?

Una cosa es no declarar 300 euros, pero como te pillen que no declaras 6000 euros, aunque sean ingresos procedentes de 3 clientes, prepara bien el monedero, y el resto de tus días tendrás todas tus declaraciones miradas con lupa.

Mejor tener 100 euros menos en el bolsillo y estar tranquilo, que tener 100 euros más y estar pendiente de si te cae el marrón o no.

Es mejor hacer las cosas bien des del principio.


saludos
  #10 (permalink)  
Antiguo 19/08/2006, 04:44
Avatar de fontcalda  
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inspección de hacienda

hay dos tipos de inspección que puede realizar hacienda, la limitada y la ilimitada, como no disponen de personal suficiente la mayoría de las inspecciones que realizan son limitadas (salvo la de marbella que era ilimitada) y sólo se dedican a mirar las cuentas del inspeccionado no a llamar a todos sus clientes y proveedores no acabarían nunca!
pero comparto contigo que las cosas bien hechas tienen más futura que las mal hechas!
saludos
  #11 (permalink)  
Antiguo 28/08/2006, 08:23
 
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Respuesta a la pregunta 2: Todo profesional está obligado a llevar una serie de libros oficiales:
a) Libro de compras y gastos.
b) Libro de ventas e ingresos.
c) Libro de bienes de inversión (aquí figuraría el ordenador).

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Para dummies: cuando hablas de Libros oficiales, hablamos de algun tipo de documento que debe presentarse con un formato especifico o un simple archivo de excel con una hoja para cada categoria nos vale?
  #12 (permalink)  
Antiguo 28/08/2006, 10:25
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Cita:
Iniciado por Eire Ver Mensaje
Respuesta a la pregunta 2: Todo profesional está obligado a llevar una serie de libros oficiales:
a) Libro de compras y gastos.
b) Libro de ventas e ingresos.
c) Libro de bienes de inversión (aquí figuraría el ordenador).

--------------------------------------------------------------------------

Para dummies: cuando hablas de Libros oficiales, hablamos de algun tipo de documento que debe presentarse con un formato especifico o un simple archivo de excel con una hoja para cada categoria nos vale?
da igual si lo haces con un programa de ordenador, con un libro excel o con los libretos de toda la vida que venden en algunas librerías. Mientras siga las pautas.

Yo utilizo un libro de excel para cada libro oficial.

saludos
  #13 (permalink)  
Antiguo 28/08/2006, 10:37
 
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Cita:
Iniciado por freegirl Ver Mensaje
da igual si lo haces con un programa de ordenador, con un libro excel o con los libretos de toda la vida que venden en algunas librerías. Mientras siga las pautas.

Yo utilizo un libro de excel para cada libro oficial.

saludos
Gracias freegirl.

Aun a riesgo de parecer tonto: de que pautas estamos hablando?
  #14 (permalink)  
Antiguo 28/08/2006, 10:53
Avatar de freegirl
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Perdón, te hubiera podido poner desde un principio los ejemplos.

Te he encontrado un ejemplo para que lo veas más claro:

Libro de ventas

http://www.gabilos.com/comosehace/Li...nes.htm#ventas

Libro de compras

http://www.gabilos.com/comosehace/Li...es.htm#compras

Bienes de inversión

http://www.gabilos.com/comosehace/Li...nes.htm#bienes


saludos
  #15 (permalink)  
Antiguo 27/01/2009, 09:41
 
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Respuesta: Como hacer bien las cosas (IVA,IAE...) ?

Saludos. Soy nuevo en estos menesteres jeje estaba buscando algun tipo de orientación por internet y he dado con vosotros. La cuestión es:

Trabajo por la mañana como trabajador social en una empresa. Luego de forma esporádica estuve realizando una actividad como trabajador social, haciendo facturas en las cuales incluye como IVA el 7% y IRPF 7%. Es correcto?

He superado con creces los 3000 euros el año pasado. Tendré algun problema fiscal?

Para este año tengo pensado darme de baja porque no haré más actividades. En el caso de que surgiese la oportunidad de hacer una determinada actividad d(4horas P.E: )pasado 4 meses desde la baja en el IAE, debería darme de alta?

Un saludo
  #16 (permalink)  
Antiguo 08/02/2009, 10:50
 
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Respuesta: Como hacer bien las cosas (IVA,IAE...) ?

Hola a todos: desde mi punto de vista la solución más sencilla es hablar con quien te vaya a pagar y decirle que te conviertes en su trabajador por un periodo de tiempo mínimo, un trabajador por cuenta ajena por el periodo de 3 meses por ejemplo, pagándote como tal.

Para ti no deja de ser un trabajo por cuenta ajena más que debes incorporar a tu declaración y, salvo que tus ingresos mensuales como profesor sean muy elevados, no deberías hacer más. Todo el papeleo se lo dejarías al pagador.

Si tus ingresos mensuales son muy elevados, creo que el límite está en 2.800 euros aunque no estoy seguro de la cifra, lo único que deberías hacer es un trámite con la Seguridad Social para indicar que eres pluriempleado y cada una de las dos empresas, tu instituto o similar y la empresa que te paga por los servicios de la web, deben ingresar a la Seguridad Social menos por ti.

Me explico, no es que vayas a cobrar más de cada empresa, no. Cada empresa paga una cuota patronal a la Seg. Social por ti. Esta cuota se ve reducida proporcionalmente en ambas empresas en función de los ingresos que recibes de cada una de ellas, de forma que se rebajará más cantidad la empresa que más te pague.

En fir, un poco lioso como todo pero, si la empresa que comentas estuviera dispuesta a contratarte como trabajador por cuenta ajena sería lo mejor y únicamente tendrías que llamar a la Seg. Social para que te indique qué debes hacer.

Espero haberte ayudado. Saludos
  #17 (permalink)  
Antiguo 04/03/2009, 05:40
 
Fecha de Ingreso: marzo-2009
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Respuesta: Como hacer bien las cosas (IVA,IAE...) ?

hola muy buenas. aver si alguien me ayuda.
vamos a ver yo soy autonomo agricola, y he echo un trabajito a una empresa relacionado con la agricultura y me an padido una factura, son mas de 3000 euros. me gustaria saber si yo puedo hacer una factura, y si tambeien me tengo que dar de alta en el IAE. mechas gracias.
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