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Lssi En EspaÑa

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  #1 (permalink)  
Antiguo 11/12/2004, 06:30
 
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Lssi En EspaÑa

Buenas tardes,

Imagino que conoceréis la ley LSSI. Tengo varias dudas acerca de la misma: www.lssi.es

-¿Sabéis si la ley afecta en algún momento a quien hace la página web ó solo al dueño del negocio?

-¿Cuando desarrollais un proyecto ¿informais al cliente?

-¿Los creadores de páginas web debemos tomar alguna medida particular para preveer posibles sanciones?

Gracias de antemano y saludos a todos!

  #2 (permalink)  
Antiguo 11/12/2004, 06:44
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Hola,

1.- Al dueño de la web.

2.- Por supuesto.

3.- No te entiendo. ¿te refieres a protegerte de que tu cliente te demande por no decirle que tenia que cumplir la LSSI?

Saludos.
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Josemi

Aprendiz de mucho, maestro de poco.
  #3 (permalink)  
Antiguo 11/12/2004, 07:22
 
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1- Al dueño de la página? Entonces cuando registre la página en un servidor debe ser con todos los datos de quién me compra la página, el cliente en este caso no?

3- No, tan solo me refería a (en el caso de que la ley afectara a los desarrolladores) si tenía que aplicar alguna medida preventiva urgentemente.

Una última cuestión:

4- ¿Podemos ofrecer nuestros servicios sin temor?

Mil gracias!
  #4 (permalink)  
Antiguo 11/12/2004, 07:31
Ex Colaborador
 
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¿El alojamiento? Bueno, eso no te se decir. Si el alojamiento esta a tu nombre, realmente tu le estarias dando servicio de hosting. ¿El dominio? Por etica profesional, los datos del dominio tendrian que reflejar al dueño del dominio, en este caso el cliente. No por la LSSI, sino porque es su dominio.

4.- No entiendo. Siempre y cuando tu web cumpla la LSSI, no veo ningun problema. Como te digo antes, el mayor peligro que veo es que no informes al cliente sobre las obligaciones de la LSSI, le multen y te culpe a ti por esa multa.

Saludos.
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Josemi

Aprendiz de mucho, maestro de poco.
  #5 (permalink)  
Antiguo 16/12/2004, 03:40
 
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Buenos días,

La LSSI afecta a todo prestador de servicios de la sociedad de la información, es decir, a cualquier empresa (sea la forma jurídica que adopte) que tenga una página web y que ofrezca servicios o productos, que pudiere obtener una remuneración económica, o sin tenerla realice publicidad de tercera empresas. Así mismo, afecta a todas aquellas empresas que no teniendo página web realizan publicidad por medios electrónicos, correos electrónicos publicitarios, publicidad en sms, etc.

Respecto a los servicios de desarrollo web, no tiene porque preocuparte el que el cliente se adapte o no, simplemente realiza el contrato con el cliente, pero que el objeto del mismo sólo sea el de realizarle la Página Web.

A tí te afecta la lssi siempre que realices alguan de las cosas que te he comentado en el primer párrafo.

Respecto a los datos que das de allta del cliente el servidor, debes tener en cuenta que éste puede ser hosting o housing. Mi conejo es que siempre informes al cliente de los parámetros de la LOPD, puesto que le estás prestando un servicio y sus datos has de dárselos a empresas terceras para finalizar el proyecto.

Si quieres informa o no al cliente, pero cuidado porque la LSSI lleva aparejadas ciertas cuestiones legales que le pudieren afectar en primera persona.

Debes, por tú parte cumplir la LOPD y la LSSI siempre que te afecte y, respeceto al cliente si quieres le informas pero en ningún caso te puede afectar, puesto que el paga por el servicio de desarrollo y no por el asesoramiento, si tú si lo quieres meter ahí si que te puede afectar.

Un saludo cordial

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  #6 (permalink)  
Antiguo 16/12/2004, 04:36
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Cita:
respeceto al cliente si quieres le informas pero en ningún caso te puede afectar, puesto que el paga por el servicio de desarrollo y no por el asesoramiento
Claro que no tienes obligacion legal de hacerlo, pero no cuesta nada hacerlo (no digo dar asesoramiento legal, sino informarle de que tiene que cumplir la LSSI, LOPD o lo que necesite, y luego el busque consejo legal profesional). Es mas para dar un servicio de calidad que por obligacion.

Ademas, imaginate que no le dices nada y luego le multan (o le dicen que tenia que cumplirla). Puede que pille un mosqueo contigo por no informarle y se busque otro diseñador para futuros trabajos.

Saludos.
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Josemi

Aprendiz de mucho, maestro de poco.
  #7 (permalink)  
Antiguo 02/04/2005, 03:58
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hola,

tengo algunas dudas sobre la LSSI:

1) que datos se deben de poner en la Web, los datos de contacto del propietario de la Web, o los datos de contacto de la Empresa que ofrece los servicios anunciados en la web?

2) Otra cosa, si en la WEb se anuncian servicios de varios autónomos, se deben de poner los datos de contacto de todos los autónomos? o sólo el del propietario de la web, que puede ser o no ser autónomo.

3) Si los autónomos no tienen una ubicación de trabajo fija, que dirección se pone? o ya es válido poner sólo el nombre completo + nif + correo electrónico?

saludos!
  #8 (permalink)  
Antiguo 02/04/2005, 04:46
 
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Cita:
Iniciado por freegirl
hola,

tengo algunas dudas sobre la LSSI:

1) que datos se deben de poner en la Web, los datos de contacto del propietario de la Web, o los datos de contacto de la Empresa que ofrece los servicios anunciados en la web?

2) Otra cosa, si en la WEb se anuncian servicios de varios autónomos, se deben de poner los datos de contacto de todos los autónomos? o sólo el del propietario de la web, que puede ser o no ser autónomo.

3) Si los autónomos no tienen una ubicación de trabajo fija, que dirección se pone? o ya es válido poner sólo el nombre completo + nif + correo electrónico?

saludos!
1) Los datos del dueño de la web (no del diseñador, del dueño). Si tienes una web y publi de Google tienes que poner tus datos, no los de google.

2) Los datos del dueño de la web. Los autonomos son "anunciantes" en el caso que planteas.

3) Los autonomos tienen una direccion fiscal y legal. Esa es la direccion que se tiene que poner. Y esto ES UN PROBLEMA. Muchos clientes mios se niegan a poner esa direccion pues es la de su casa y se arriesgan a la multa pero dicen que se niegan a poner su direccion. Tambien muchos ven como una violacion de su privacidad tener que poner el cif ya que en el caso de los autonomos es el dni aunque que yo recuerde todos lo ponen. Al final yo creo que tendran que enmendar esa parte de la ley ya que si un autonomo trabaja desde casa esta dando una info que si bien es empresarial tambien es personal y la esta poniendo para que la vea todo el mundo.

Mira lo que dice la LSSI
Cita:
Su nombre o denominación social; su residencia o domicilio o, en su defecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España; su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva.
Si no tienes establecimientos permanentes y eres autonomo has de poner tu dirección.
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Web de la semana o lo que tarde en cambiarlo: Blog de Angie McKaig

Cita de la semana o lo que tarde en cambiarla: "Cuando el hombre ya no encuentre placer en su trabajo y trabaje sólo para alcanzar sus placeres lo antes posible, entonces, sólo será casualidad que no se convierta en delincuente" - Theodor Mommsen
  #9 (permalink)  
Antiguo 02/04/2005, 05:17
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ostras, esa parte de la LSSI cae en una contradicción, por un bando hay leyes para salvaguardar tu privacidad, pero en cambio esta te obliga a poner la dirección de tu casa, y viola tu privacidad y de la gente que vive en esa casa, que no tien porque su domicilio esté en un sitio público...Pero a veces cuando ni tu propia casa es el domicilio fijo dónde realizas la actividad, tambien se debe de poner? en fin...

Supongo que sería cuestión de hablarlo con un abogado, y lo más difícil será encontrar uno que domine de estos temas.

saludos!
  #10 (permalink)  
Antiguo 02/04/2005, 06:44
 
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Cita:
Iniciado por freegirl
ostras, esa parte de la LSSI cae en una contradicción, por un bando hay leyes para salvaguardar tu privacidad, pero en cambio esta te obliga a poner la dirección de tu casa, y viola tu privacidad y de la gente que vive en esa casa, que no tien porque su domicilio esté en un sitio público...Pero a veces cuando ni tu propia casa es el domicilio fijo dónde realizas la actividad, tambien se debe de poner? en fin...

Supongo que sería cuestión de hablarlo con un abogado, y lo más difícil será encontrar uno que domine de estos temas.

saludos!
Te equivocas

NO VIOLA NADA. Es problema tuyo que pongas la sede de tu empresa en tu casa. Nadie te obliga a ello. Si no quieres que pase alquila una oficina o una oficina virtual donde domicilies fiscal y legalmente tu empresa.
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  #11 (permalink)  
Antiguo 04/04/2005, 03:08
 
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Buenos días,

Mi consejo es que informes en la Página Web de los siguientes extremos cuando el titular de la misma sea un autónomo:

1. Nombre y Apellidos.
2. Dirección de contacto.
3. Sede social.

El tema del NIF lo puedes omitir o no, puesto que la Agencia Española de Protección de Datos opina que los autónomos y los datos como empresarios son considerados datos de carácter personal.

La LSSI tiene la consideración de informar a los usuarios de las Páginas Web con quién o quienes están contratando. Por lo tanto, en la medida que la información que facilite sea considerada suficiente para que un usuario pueda contactar con el Prestador de Servicios, en este caso, el autónomo, sería suficiente para dar cumplimiento a la LSSI.

Espero que te sirva de ayuda.

Un cordial saludo.

P.D.: Como abogado especializado en estos temas, he de comentarte que mi postura con determinados clientes -empresas- que preferían ser sancionados a tener que poner el CIF por consideración de estafas bancarias es la misma que te he facilitado, exclusivamente informar de determinados extremos que permitar una comunicación con el prestador de servicios.
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  #12 (permalink)  
Antiguo 04/04/2005, 03:49
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gracias icef por tu respuesta :)

osea, que si pongo mi nombre completo, la dirección de contacto y teléfono, ya es suficiente, no? Es para asegurarme, yo no vaya a ser que lo haya entendido mal.


saludos!


PD: me guardo tu url por si alguna vez necesito asesor en estos temas, porque escasean abogados especializados :)
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