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legalidad de vender servicios

Estas en el tema de legalidad de vender servicios en el foro de Temas legales en Foros del Web. Bueno, la cuestión es que quiero hacer una pagina web para ofrecer servicios: -diseño web -diseño gráfico en general -programación de aplicaciones -programación web -hosting ...
  #1 (permalink)  
Antiguo 23/05/2009, 04:01
 
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legalidad de vender servicios

Bueno, la cuestión es que quiero hacer una pagina web para ofrecer servicios:
-diseño web
-diseño gráfico en general
-programación de aplicaciones
-programación web
-hosting web+dominio
-etc

la pregunta era que yo quiero hacer esto algo así como profesional, usar la web de portafolio y que la gente compre lo servicios, entonces, vender los servicios sin tener una empresa es legal? el tema de facturas, y eso paypal tiene una modalidad para vender servicios, con eso tengo que olvidarme de las facturas?

en cuanto el servicio de hosting+dominio es legal el tema revender?
yo contrato los servicios de un hosting que me hace rebaja por comprar varios a la vez y los revendo a los clientes.

gracias
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Antiguo 23/05/2009, 07:27
Avatar de -Defero-
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Cuando hagáis consultas sobre legalidad, acordaos de especificar a qué país os referís. Tened en cuenta que lo que es legal en un país no lo es en otro.

Si vives y trabajas en España, mi pregunta es, ¿a qué te refieres con lo de "tener una empresa"?

Si te refieres a constituir una sociedad, no, no es necesario. Puedes ejercer como autónomo.

Si te refieres a disponer de establecimiento público, no, no es necesario. Para una actividad como ésta, no hay problema en ejercer desde tu domicilio particular.

Si te refieres a estar de alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos, en principio es necesario, aunque a veces no.

Si te refieres a darte de alta en el IAE, en el IVA y emitir factura, sí, es tu obligación. Por supuesto, los ingresos debes declararlos en el IRPF.

Cita:
el tema de facturas, y eso paypal tiene una modalidad para vender servicios, con eso tengo que olvidarme de las facturas?
No sé cómo es el servicio de PayPal, pero la obligación de emitir facturas es tuya. Pero vamos, tampoco tiene tanto misterio. A un cliente le vas a cobrar 100 euros por un servicio. Pones tus datos, pones los suyos, pones la fecha, pones el concepto, pones 100 de base, 16 de IVA, y le cobras 116 (acuérdate de hablar de la forma y momento de pago). Como mucho, la complicación está en saber si le tienes que emitir la factura con retención o sin retención, o en el caso de que sea un cliente de fuera de España o de fuera de la UE.

En caso de duda, llama a Hacienda, y te informarán.



Y si no vives en España, me has hecho escribir para nada.

PD: Si resides en Guipúzcoa, infórmate acerca del programa Txekin de ayuda a emprendedores.
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  #3 (permalink)  
Antiguo 23/05/2009, 09:42
 
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Respuesta: legalidad de vender servicios

vivo en España
ha sido de gran utilidad, gracias
  #4 (permalink)  
Antiguo 23/05/2009, 10:00
Avatar de -Defero-
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Me alegra haberte sido de ayuda.
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  #5 (permalink)  
Antiguo 23/05/2009, 14:00
ramonjosegn
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Para Colombia (por si surge la duda) toca registrarse con RUT, en Argentina solicitar permiso de Monotributista
  #6 (permalink)  
Antiguo 23/05/2009, 19:55
 
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Y en caso de ser residente español pero crear una sociedad en el extrangero... ¿Debería declarar también las ganancias a España?
  #7 (permalink)  
Antiguo 23/05/2009, 20:36
Avatar de webosiris
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Cita:
Iniciado por Jaguary Ver Mensaje
Y en caso de ser residente español pero crear una sociedad en el extrangero... ¿Debería declarar también las ganancias a España?
y donde vives, en España o en otro país?

Normalmente los impuestos que hay que pagar son los del país en donde uno vive, salvo que ese país tenga convenios con el país de donde es tu empresa y ahí ya depende del caso.
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Pobre del que lo sabe todo, porque no tiene nada más que aprender ni razón para vivir. -
  #8 (permalink)  
Antiguo 24/05/2009, 05:31
 
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Estoy hablando en un caso hipotético. Yo vivo en España, pero en el caso de crear una sociedad en otro país para realizar una actividad, por ejemplo la que dice nuestro amigo felix46 de diseño web, ¿Dónde debería tributar mis ganancias? ¿En España o en el país donde está ubicada la empresa?

Gracias.
  #9 (permalink)  
Antiguo 24/05/2009, 07:28
Avatar de -Defero-
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Cita:
Iniciado por Jaguary Ver Mensaje
Estoy hablando en un caso hipotético. Yo vivo en España, pero en el caso de crear una sociedad en otro país para realizar una actividad, por ejemplo la que dice nuestro amigo felix46 de diseño web, ¿Dónde debería tributar mis ganancias? ¿En España o en el país donde está ubicada la empresa?

Gracias.
Mejor pregunta en Hacienda.

Por otra parte, un usuario me ha preguntado esto por privado:

Cita:
Hola

He visto que has contestado de manera explicita al compañero sobre la legalidad de vender servicios.
Y de ahi te quiero hacer una pregunta.
Soy de Barcelona, (por lo de la ubicacion), entoces estoy desarrollando una web que pondre en marcha este verano, y ahi viene mi duda, yo trabajo en una empresa (por cuenta ajena), y el tema de la web lo tendre como complemento, pero claro yo no podre constituirme como autonomo, porque no se si el negocio que quiero emprender me ira bien o mal, por lo tanto mi idea es implementar la web, hacerla funcionar y a ver que resultados me da, pero si son pocos ingresos esta claro que no podre ser autonomo.
No creo q nadie me pueda denunciar por tan insignificantes euros.
Mucha gracias por tu atención.
La respuesta no me cabe en un mensaje privado, así que le contesto aquí:

Te aseguro que hay mucha gente que inicia la actividad "de extrangis", y cuando empieza a tener cierta clientela, se da de alta. Ahora, ni se dan de alta en la S.S., ni en Hacienda. Y si no estás de alta en Hacienda en IVA, no puedes emitir factura. Eso es un inconveniente si tus clientes son empresas que necesitan factura para contabilizar el gasto.

Así que lo correcto sería darte de alta, cuando menos, en Hacienda, en el IVA. Eso siempre. El coste que puede suponerte es el de la asesoría / gestoría que te lleve el trámite de presentar la solicitud de alta, y trimestralmente la declaración de IVA. Ahora, si lo haces tú mismo, te ahorras ese dinerillo. Si no sabes muy bien cómo va la cosa, creo que merece la pena pagar a la asesoría / gestoría, para evitar problemas. El gasto puede ser de 70 euros al mes.

Darse de alta en la S.S. no es necesario, siempre que la actividad se ejerza de manera esporádica, no habitual. El Tribunal Supremo entiende que se ejerce de manera no habitual si tus ingresos por la actividad no superan el Salario Mínimo Interprofesional (que creo que ronda los 640 euros mensuales). Además del enlace que puse en el tema en el que comentaba, te pongo un extracto de la Sentencia del Tribunal Supremo de 29/10/1997:

Cita:
"El criterio del montante de la retribución es apto para apreciar el requisito de la habitualidad. Como ha señalado la jurisprudencia contencioso-administrativa (SSTS de 21 de diciembre de 1987 y 2 de diciembre de 1988) tal requisito hace referencia a una práctica de la actividad profesional desarrollada no esporádicamente sino con una cierta frecuencia o continuidad. A la hora de precisar este factor de frecuencia o continuidad puede parecer más exacto, en principio, recurrir a módulos temporales que a módulos retributivos, pero las dificultades virtualmente insuperables de concreción y de prueba de las unidades temporales determinantes de la habitualidad han inclinado a los órganos jurisdiccionales a aceptar también como indicio de habitualidad al montante de la retribución. Este recurso al criterio de la cuantía de la remuneración, que por razones obvias resulta de más fácil cómputo y verificación que el del tiempo de dedicación, es utilizable además, teniendo en cuenta el dato de experiencia de que en las actividades de los trabajadores autónomos o por cuenta propia el montante de la retribución guarda normalmente una correlación estrecha con el tiempo de trabajo invertido. Así ocurre en concreto, respecto de los subagentes de seguros, cuya retribución depende estrechamente del tiempo de trabajo dedicado a la formación, gestión y mantenimiento de la cartera de clientes. A la afirmación anterior debe añadirse que la superación del umbral del salario mínimo percibido en un año natural puede ser un indicador adecuado de habitualidad. Aunque se trate de una cifra prevista para la remuneración del trabajo asalariado, el legislador recurre a ella con gran frecuencia como umbral de renta o de actividad en diversos campos de la política social, y específicamente en materia de Seguridad Social, de suerte que en la actual situación legal resulta probablemente el criterio operativo más usual a efectos de medir rentas o actividades. La superación de esta cifra, que está fijada precisamente para la remuneración de una entera jornada ordinaria de trabajo, puede revelar también en su aplicación al trabajo por cuenta propia -y, en concreto, al trabajo de los subagentes de seguros-, la existencia de una actividad realizada con cierta permanencia y continuidad, teniendo además la ventaja, como indicador de habitualidad del trabajo por cuenta propia, de su carácter revisable."

Es decir, legalmente no tienes obligación de darte de alta en la Seguridad Social hasta que tu actividad sea "habitual", y no será habitual hasta que no superes el SMI.

De todas maneras, ten en cuenta que es posible que la Seguridad Social se entere de que estás ejerciendo, y pretenda cobrarte las cuotas (con recargo). En ese caso, lo que debes hacer es recurrir la resolución que pretende cobrarte las cuotas, y argumentar lo que dice la Sentencia que te digo: que como tus ingresos por la actividad no superan el SMI, no puede entenderse como "habitual", así que no tenías obligación de darte de alta en la Seguridad Social. Ahora, en cuanto superes esos ingresos, de cabeza a la S.S.
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Antiguo 24/05/2009, 13:46
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Además de todo lo dicho en este post y en varios del foro,también os puede servir lo que dicen en este Blog. (No tengo nada que ver con ese blog) pero cuando lo ví , por casualidad, me pareció interesante para los que queréis ser Autónomos y tenéis dudas:

http://www.serautonomo.net/


un saludo
  #11 (permalink)  
Antiguo 24/05/2009, 13:59
 
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Respuesta: legalidad de vender servicios

y una factura de estranjis?
echa con excel?
  #12 (permalink)  
Antiguo 24/05/2009, 14:22
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Cita:
Iniciado por felix46 Ver Mensaje
y una factura de estranjis?
echa con excel?
Si haces facturas de "estranjis", tienes que tener en cuenta una cosa... 1) que esa persona/empresa se queda una copia. Y que la va a declarar para desgrabar el IVA.
2) Si la declara para desgrabar el IVA, y tu no declaras tu IVA... hacienda se dará cuenta... quizas pasan unos meses y no te pasa nada... pero tarde o temprano te acabaran imputando algún delito. ( ¿Evasión de impuestos? ¿falsificación de documentos? )

Una factura la puedes hacer con excel, sin excel, en word, con un facturaplus o con lo que te de la gana... pero el caso es que tienes que declararla si la haces para cubrirte las espaldas. Luego como ya te han dicho antes, tienes que seguir todos esos pasos.

Si quieres ser legal, e intuyo que si ( por lo menos te has interesado... ) esta claro que tienes que seguir los pasos que te han dicho. No le des más vueltas. :)
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  #13 (permalink)  
Antiguo 24/05/2009, 14:33
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Respuesta: legalidad de vender servicios

¿Factura de estranjis? ¿Te refieres a emitir factura sin estar de alta en Hacienda? Ni se te ocurra. Estarás cobrando un IVA que luego no ingresarás en Hacienda. ¿Qué ocurre si la empresa a la que facturas pasa una inspección, y aparece la factura que tú les has emitido? Si vas a actuar "fuera de la ley", lo mínimo que puedes hacer es evitar dejar pruebas. Emitir factura sin estar de alta en Hacienda es una estupidez tan gorda como pagar "en B" mediante transferencia bancaria.

Si no quieres darte de alta en Hacienda y a la vez quieres que tu cliente tenga una factura, el único modo que se me ocurre es que te busques un amigo que sí esté de alta, y emita él la factura. Luego os arregláis con el dinero entre vosotros.

Lo de "hecha con Excel" es válido para una factura "oficial".
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  #14 (permalink)  
Antiguo 24/05/2009, 14:46
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Cita:
Iniciado por Defero.tk Ver Mensaje
¿Factura de estranjis? ¿Te refieres a emitir factura sin estar de alta en Hacienda? Ni se te ocurra. Estarás cobrando un IVA que luego no ingresarás en Hacienda. ¿Qué ocurre si la empresa a la que facturas pasa una inspección, y aparece la factura que tú les has emitido? Si vas a actuar "fuera de la ley", lo mínimo que puedes hacer es evitar dejar pruebas. Emitir factura sin estar de alta en Hacienda es una estupidez tan gorda como pagar "en B" mediante transferencia bancaria.

Si no quieres darte de alta en Hacienda y a la vez quieres que tu cliente tenga una factura, el único modo que se me ocurre es que te busques un amigo que sí esté de alta, y emita él la factura. Luego os arregláis con el dinero entre vosotros.

Lo de "hecha con Excel" es válido para una factura "oficial".
Te daría más karma, pero no me deja :)
Sin duda, esta es una buena respuesta. :)
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  #15 (permalink)  
Antiguo 25/05/2009, 03:18
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Respuesta: legalidad de vender servicios

Las facturas da igual con que la hagas. Como si la quieres hacer aún a mano....Eso es lo de menos.

El problema está en si luego a tu cliente, en caso de hipotética inspección, le pusieran pegas por deducirse ese IVA. La gracia que le va a hacer...Además de recibir la correspondiente sanción de Hacienda.

Hay algunas empresas, que por si las moscas, piden al Autónomo los papeles del alta. Para curarse en salud es lo mejor.

Es más, ahora con la declación 340 del IVA se pasa mucha mucha info. Es decir, que pueden llevar un mejor control ...

Saludos
  #16 (permalink)  
Antiguo 25/05/2009, 14:31
 
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Respuesta: legalidad de vender servicios

pero en paypal hay una opción para emitir factura, que tipo de legalidad tiene esto?
  #17 (permalink)  
Antiguo 26/05/2009, 03:12
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Respuesta: legalidad de vender servicios

pero Paypal a quién emite la factura? a ti o a tu cliente?

Pero igualmente tu tendrás que girar una factura a alguien para que te abone la parte que te toca.

Es que no sé como funciona paypal. Pero sí sé de Empresas de pagos que facturan a tus clientes, pero claro, luego tu tienes que emitir factura a esa empresa para que te dé la parte de € que es tuya.

saludos
  #18 (permalink)  
Antiguo 26/04/2010, 16:59
 
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Pregunta Respuesta: legalidad de vender servicios

Estimado, me parecio excelente hilo, y la consulta que les hago es la siguiente. Actualmente vendo servicios, estoy dado de alta y pago impuestos aca en mexico, en breve estare viviendo en españa, todos mis servicios los presto por internet.
Cual seria el consejo que ustedes me darian para seguir desarrollando la actividad que actualmente realizo, viviendo en españa.. Por ahora no tendria clientes en españa. seguiria con los clientes en el resto del mundo y que me depositarian en mi cuenta en mexico. obviamente que tendria que transferir gran parte a una cuenta en españa.. no se.. espero que me puedan ayudar.
Atención: Estás leyendo un tema que no tiene actividad desde hace más de 6 MESES, te recomendamos abrir un Nuevo tema en lugar de responder al actual.
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